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¿Cómo se realiza el proceso de impugnación y cuánto cuesta? Aquí se lo decimos

Resultados de las elecciones en Panamá

¿Cómo se realiza el proceso de impugnación y cuánto cuesta? Aquí se lo decimos / Redacción de TVN Noticias

Ciudad de Panamá/Al calor de la reciente contienda electoral y de los sabores agridulces que ha dejado en algunos candidatos como motivo de sus resultados, hay que entender la normal electoral y cómo se está aplicando en estos comicios muy atípicos.

Y es que, una ola de nuevas caras, no solo de libre postulación sino de partidos políticos, entrará a la Asamblea Nacional el próximo 1 de julio.

Boris Barrios, exfiscal electoral, explicó que las impugnaciones de los resultados de las elecciones son admitidas si se evidencia que, con la impugnación el resultado cambiaría el sentido de la elección por el conteo que superaría la declaración hecha en la mesa de votación.

En caso, que las supuestas pruebas presentadas por el impugnante no sean tan evidentes no se admite la impugnación.

Proceso y costos

Primero, para impugnar en todos los casos se deben presentar una demanda junto con una fianza. Así las cosas, en el caso de que se quisiese impugnar el resultado de la candidatura de representante se debe pagar $2,000, para la de alcalde $10,000, diputado $25,000 y 50,000 en el caso de que se quiera impugnar el resultado del sufragio por presidente de la República.

Al perder la fianza, el impugnante pierde lo que pagó, pero de lo contrario se le regresa lo pagado, aseguró Barrios.

Ese es parte porque el Tribunal Electoral no quiere que se presenten impugnaciones, precisamente porque demuestran irregularidades" — Boris Barrios - Exfiscal electoral

También hay diferencias en la presentación de impugnación por la Fiscalía Electoral o por candidato, debido a que el particular no tiene las facultades de investigación y de preparar todo el caudal probatorio.

El exfiscal aclaró que esta medida no le parece sana, y considera que las fianzas tienen precios excesivos.

Recordó que este trámite fue aprobado en las pasadas reformas al Código Electoral, producto de los diputados que estaban en el poder y no querían que en el momento se impugnara.

Cuando se está en el poder se piensa de una manera diferente, nunca he entendido ese fenómeno… entonces en vez de poner que cualquiera pueda pedir la revisión del proceso electoral y del conteo, se hace casi imposible", aseveró

¿Qué determina la realización de elecciones nuevas?

Según Barrios hay dos formas, una es la impugnación de la elección y otra impugnación de la proclamación de la candidatura. En el caso de que lo que se impugne sea la elección deben realizarse comicios nuevos, conforme a las causales previstas en el 371 del Código Electoral

En el caso de que sea por un diputado electo proclamado, entonces las elecciones se realizarían nuevamente solo para este caso.

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