Personas con discapacidad podrán inscribirse en registro de electores para el voto adelantado

Voto adelantado

El proceso estará disponible hasta el 15 de diciembre de este año (el proceso se inició el 6 de marzo pasado)
El proceso estará disponible hasta el 15 de diciembre de este año (el proceso se inició el 6 de marzo pasado) / Cortesía

Ciudad de Panamá, Panamá/Las personas con discapacidad podrán inscribirse en el Registro de Electores para el Voto Adelantado por internet (REVA), por primera vez.

Esto les permitirá ejercer, digitalmente y con antelación, el sufragio solo para el cargo de presidente de la República de Panamá, con miras a los comicios del 5 de mayo de 2024.

Hasta el 15 de diciembre de este año, los ciudadanos que residan en el territorio nacional y que decidan voluntariamente inscribirse en este padrón provisional, podrán hacerlo, a través de la plataforma tribunalcontigo.com, un servicio virtual mediante el Centro de Atención al Usuario (CAU).

Durante el proceso que dio inicio el pasado 6 de marzo, habrá un periodo de reclamos y exclusiones, que se extenderá hasta el 27 de diciembre de 2023.

Requerimientos para votar por adelantado:

  •  Estar inscrito en el REVA.
  •  Estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.
  • Cédula vigente.
  •  Registrarse en el sistema de voto por internet.

¿Qué necesito para inscribirme en el REVA?

  • Estar comprendido en alguno de los grupos identificados en el artículo 12 del Código Electoral y el artículo 315 del Decreto 29 que reglamenta la Elección General 2024.
  • Ser mayor de 18 años y tener cédula de identidad personal o ser menor de edad, con cédula juvenil, que llegará a la mayoría de edad hasta el 5 de mayo de 2024.
  • Pleno goce de los derechos civiles y políticos.
  • Contar con una cuenta de correo electrónico personal.
  • Acceder a internet a través de la plataforma www.tribunalcontigo.com y luego:
  • Ir al botón de inscripción de electores residentes en el país (REVA).
  • Llenar el formulario y seguir las indicaciones.
  • Obtener su certificado médico de un especialista con no más de un año de vigencia o una certificación de la Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis).
  • Esperar a ser atendido por un agente.
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