Dana Castañeda queda inhabilitada, tras decisión del Juzgado Segundo Electoral
Dana Castañeda
Ciudad de Panamá/El Juzgado Segundo Electoral acogió la solicitud de inhabilitar la candidatura de Dana Castañeda, subsecretaria general de la Asamblea Nacional y candidata a diputada por cuatro partidos en el circuito 2-3 (La Pintada, Natá, Olá), por violar el artículo 33 del Código Electoral.
El artículo 33 del Código Electoral establece que no son elegibles para cargos de elección popular aquellos ministros, viceministros, directores, subdirectores, secretarios y subsecretarios, administradores y subadministradores de entidades y empresas públicas, que ejerzan el cargo seis meses antes de los comicios.
El fallo de la jueza segunda electoral, Edmara Jaén, fue dado a conocer este viernes y se produjo tras la deliberación de los magistrados del Tribunal Electoral sobre la apelación de pruebas presentada por la candidata.
Esta decisión echa por tierra la petición de la fiscal electoral, Mirna Angulo, de que no se inhabilitara Castañeda, como lo pretendía el abogado Juan Carlos Araúz, con miras a los comicios generales del próximo 5 de mayo.
Durante la audiencia del 20 de marzo, Castañeda explicó a la jueza que su equipo y ella realizaron consultas al Tribunal Electoral, las cuales fueron respondidas por escrito, acerca de si estaba obligada o no a renunciar. Sin embargo, la jueza desestimó estas notas como parte de la evidencia.
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Mientras que el abogado Juan Carlos Araúz, por su parte, insistió en que Castañeda no renunció a tiempo de su cargo como subsecretaria del Legislativo, argumentando que el artículo 33 del Código Electoral sí aplica a la funcionaria.
Castañeda puede apelar esta decisión ante los magistrados del Tribunal Electoral.