Pleno de la Corte declara que no es inconstitucional candidatura de José Raúl Mulino

José Raúl Mulino

Pronunciamiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia por caso Mulino

Ciudad de Panamá/Tras varios días de sesión permanente, el pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró que no es inconstitucional la candidatura presidencial de José Raúl Mulino, por los partidos Realizando Metas y Alianza, para las elecciones generales del 5 de mayo.

La decisión de "no es inconstitucional" es sobre el punto resolutivo segundo del Acuerdo del Pleno 11-1 de 4 de marzo de 2024, proferido por el Tribunal Electoral (TE),y que fuera demandado por la abogada Karisma Karamañites Testa.

La decisión de la Corte fue de 8 votos por el no es inconstitucionalidad y un salvamento de un magistrado.

Los votos para la decisión de "no es inconstitucional" la emitieron los magistrados: María Eugenia López, Olmedo Arrocha, Carlos Vásquez, Angela Russo, Miriam Cheng Rosas, Maribel Cornejo, Ariadne García y María Cristina Chen Stanziola.

El magistrado Cecilio Cedalise Riquelme salvó su voto en esta decisión.

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El fundamento

La magistrada presidenta del soberano de justicia, María Eugenia López, señaló que la decisión está fundamentada en defender la patria, la democracia, la institucionalidad, la paz social, el derecho a elegir y ser elegido; el pluralismo político sin olvidar el importante rol que juegan los partidos políticos en el fortalecimiento de la democracia y lo que hemos considerado más importante, la voluntad soberana del pueblo panameño.

Continuó diciendo que, "en su lugar corresponde que esta decisión se tome con visión de Estado y defensa a los derechos, valores y principios constitucionales. Acentuando el espíritu de la Constitución que se encuentra concentrado en su preámbulo: garantizar la libertad, asegurar la democracia y la estabilidad institucional, por ello, esta corporación considera que lo que procede es permitir que estos colectivos políticos sigan teniendo representación y mantengan vigente su derecho a elegir y ser elegidos".

El pleno de la CSJ, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara que no es inconstitucional el punto resolutivo segundo del acuerdo del pleno N° 11-1 del 4 de marzo del 2024, proferido por el Tribunal Electoral" — María Eugenia López - magistrada de la CSJ

La demanda

El pasado martes 30 de abril, el pleno de la Corte Suprema inició la sesión extraordinaria permanente, para analizar la demanda de inconstitucionalidad presentada por la abogada Karisma Etienne Karamañites Testa en contra del segundo punto del  Acuerdo del Pleno 11-1 del Tribunal Electoral del 4 de marzo, por el cual se inhabilita la candidatura presidencial y a diputado del expresidente Ricardo Martinelli.

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En ese mismo acuerdo, el Tribunal Electoral puso en firme la candidatura de Mulino como candidato presidencial por ambos colectivos.

El pasado 25 de abril, en conferencia de prensa, el magistrado ponente Olmedo Arrocha, explicó que se recibieron 88 alegatos, 17 personas dijeron que debía ser declarado inconstitucional y 71 personas dijeron que no debía ser declarado inconstitucional, entre ellos el procurador general de la Nación, Javier Caraballo, que envió a la Corte, una extensa opinión de 45 páginas, según informó en su momento.

La decisión se da a dos días de realizarse las elecciones generales 2024, una situación que mantuvo al país en vilo y al calor de la contienda política.

Comunicado de la Corte sobre la decisión en caso Mulino.
Comunicado de la Corte sobre la decisión en caso Mulino. / Foto cortesía: Órgano Judicial.
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