La posible puerta de escape de Martinelli tras su detención en Miami
El expresidente de la República, Ricardo Martinelli podría enfrentar un escenario distinto con la posibilidad de poder salir de prisión en Miami, Estados Unidos para enfrentar su proceso judicial en Panamá por el caso de los llamados “pinchazos telefónicos”.
El periodista, Eduardo Lim Yueng, detalló que el pasado 23 de enero, pudo notar al expresidente Martinelli -durante la audiencia en Miami- más pálido y delgado, esposado en sus pies y no así en sus manos, pero más relajado que en pasadas ocasiones, tras permanecer 7 meses en prisión.
La jueza Marcia G. Cooke a pesar de haber noqueado a Martinelli con su decisión de negar un recurso de hábeas corpus presentado por su defensa, dejó una puerta de escape para que entreguen hasta el 6 de febrero, los argumentos que le permitan tener una fianza de excarcelación.
El experto en derecho internacional, Alonso Illueca, explicó que aunque haya quedado abierta la posibilidad de una fianza, hay cuatro etapas dentro del proceso de extradición: la solicitud por parte del Estado, la audiencia de fianza donde el fallo fue en contra del expresidente, pero luego vino una reconsideración, después una apelación y dos hábeas corpus ante la Corte Suprema y ambos fueron negados.
Pero, ¿Cuáles son los alcances que tiene el exmandatario panameño?, según Illueca tiene dos: solicitar una renuncia a su derecho a un procedimiento de extradición, donde acepta que se ha cumplido con todos los requerimientos y además tiene el derecho de otra forma a contradecir las pretensiones del Estado panameño ante un tribunal constituido en derecho.
Ahora bien, una vez hecho esto, perdería un derecho muy importante en materia de extradición que es el de “especialidad”, aclaró el experto en derecho internacional.
Pero Martinelli también tiene otra opción, y que es el de dar su consentimiento a la extradición, con lo cual, no renunciaría al proceso sino que únicamente acepta los argumentos presentados por el departamento de Justicia Estadounidense en nombre del Estado panameño y firmaría un documento en donde se reserva el derecho de reclamar todos los principios que le otorga el derecho penal internacional mediante el tratado de extradición de 1904.
Para que Martinelli puede dar su consentimiento a la extradición, tiene que existir un documento que se lo permita y el tratado de 1904 no contempla consentimientos para ello, por lo que tendría que buscarse una ley subsidiaria que sería la Convención de Extradición de 1933 donde Estados Unidos y Panamá son estados partes, explicó Illueca.
Ahora, queda en la arbitrariedad del juez aceptar o negar el consentimiento al expresidente de la República a ser extraditado.