Universidad de Panamá aplicará nuevo aumento escalonado a partir de abril
Escala Salarial
Ciudad de Panamá, Panamá/Tras aprobar una nueva escala salarial, el pasado 7 de febrero, la Universidad de Panamá aplicará desde abril próximo un aumento del 11%; en el salario base de su personal administrativo.
La aprobación que se hizo en la reunión N° 2-24 del Consejo Administrativo, dispone que la nueva escala sería pagadera a más tardar 3 años, a partir del 1 de abril. En esa primera fase se desembolsará el pago de un 50% del nuevo aumento.
Mientras que, la diferencia se pagará, de forma escalonada, a más tardar en dos años así: 25% en el año 2025 y 25% en el año 2026.
Así las cosas, a partir del 1 de abril, todo nombramiento y/o prórroga de nombramiento, será realizado por la casa de estudios superiores conforme al salario base ajustado a la primera fase de la nueva escala y se beneficiarán las posiciones ocupadas y libres.
Además, dicha escala deroga la anterior, aprobada por el Consejo Administrativo en Reunión N° 3-19, celebrada el 13 de marzo de 2019.
Otras condiciones del ajuste
1. Al momento de la aplicación de este beneficio, si el servidor público administrativo se encuentra percibiendo salario base superior al del cargo que ocupa según funciones en la acción de personal (por ajuste salarial o cualquier otra condición) no recibirá el beneficio económico por la implementación de la primera fase 2024.
No obstante, si el servidor público se encuentra percibiendo salario base superior al del cargo que ocupa (por ajuste salarial o cualquier otra condición) pero no alcance la totalidad del salario base a percibir en la primera fase, recibirá la diferencia salarial que corresponda.
2. El servidor público administrativo que se encuentre percibiendo ajuste salarial y no esté incluido en su salario base, se procederá a la sumatoria de ambos para determinar el monto que se le debe reconocer.
3. Las posiciones clasificadas en cargos que sean de aplicación en Unidades académicas o administrativas específicas, de acuerdo con lo indicado en el perfil del cargo, cuyo ocupante se encuentre realizando funciones que no corresponden a dicha posición, en otra Unidad, no recibirá el beneficio económico derivado de la implementación de esta nueva Escala Salarial, hasta tanto la Dirección General de Recursos Humanos realice los estudios individuales de cada caso para determinar la Consejo Administrativo Acuerdos Reunión N°3-24, celebrada el 28 de febrero de 2024 4 (507) 523-5039 sgparlamentarias@up.ac.pa 2024: “Año de la política agroalimentaria a 60 años de la gesta patriótica del 9 de enero” reclasificación de la posición, con el fin de que se le aplique la nueva Escala Salarial. El servidor público administrativo mantendrá el salario que percibe.
4. El servidor público administrativo que se encuentre percibiendo ajuste salarial por funciones específicas de secretaria directa de autoridad o conductor de Autoridad, el monto de estos incrementos no se considerará parte de su salario base.
5. Si el servidor público administrativo se encuentra nombrado en una posición clasificada diferente a las funciones que desempeña, el monto asignado a la primera fase de la Nueva Escala Salarial 2024, se aplicará al cargo que corresponde a las funciones que ejerce según la acción de personal (Resolución).
Este incremento no aplica a posiciones correspondientes a cargos de Libre Designación, Coordinadores, Ayudantes Estudiantiles, Ayudante de Investigador Jurídico, contratos por servicios especiales o profesionales, ni a cargos que no están contemplados en el Manual de Clasificación de Puestos-Versión 2024.
6.El servidor público administrativo que se encuentre nombrado en partidas presupuestarias correspondientes al fondo de autogestión, en cargos contemplados en el Manual de Clasificación de Puestos-Versión 2024, el incremento de la Nueva Escala Salarial 2024, será asumido por las unidades gestoras que administran dicho fondo. Se faculta a la Dirección General de Recursos Humanos para que verifique con la Dirección General de Planificación y Evaluación Universitaria si las Unidades disponen de viabilidad presupuestaria en dicho fondo