Placas y stickers para vehículos, serán fabricadas únicamente por Chapala

Municipios están obligados a contratarlos para su elaboración.

Placas y stickers para vehículos, serán fabricadas únicamente por Chapala.

El secretario general del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), Cosme Moreno, explicó que a través del proyecto que reforma la ley 6 del 22 de enero de 1965, que crea la Escuela Vocacional de Chapala, se establecen importantes cambios en la administración, funciones y presupuesto asignado a este centro para jóvenes en riesgo social.

El anteproyecto de ley, que se encuentra en segundo debate ante la Comisión de Educación, Cultura y Deporte de la Asamblea Nacional de Diputados (AN), establece que el presupuesto general del Estado para el funcionamiento de Chapala, no podrá ser menor a los 350 mil dólares anuales.

De igual forma, establece que:

Las placas y stickers de los vehículos, serán fabricadas únicamente por la escuela vocacional Chapala, por lo que todos los municipios están obligados a contratarlos para su elaboración", explicó el secretario general del Mides, a través de un comunicado.

Estructura y selección

Moreno añadió, que dentro de los cambios que se están realizando en la estructura de la escuela vocacional, se establece que el ministro de Desarrollo Social, será el presidente de la junta directiva.

Adicional, se establece el periodo que ocupará el administrador del centro vocacional, así como las reglas de reelección, (se podrán reelegir una vez) y los requisitos académicos que tienen que cumplir para aplicar a las vacantes.

A través del Mides, los jueces de menores, jueces de cumplimiento y la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y familia (Senniaf), podrán seleccionar los jóvenes en riesgo social que ingresarán a la escuela vocacional de Chapala

Modificaciones

La modificación a la ley 6 del 22 de enero de 1965, establece cambios en los artículos 2,3,4,5,6,7,8,9,13,14,15,23,24 y 26, además adiciona el artículo 10 (referentes al patronato), dos párrafos al artículo 20 (referente a las auditorias), un párrafo al artículo 22 (referente a la venta de placas) y deroga el artículo 17 (referente a la venta de placas como entrada mínima de la escuela vocacional Chapala).

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