ATTT establece nuevo reglamento de sanciones; esperan aprobación del Ejecutivo

Inspector de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre
Policía de Transito en la República de Panamá, ATTT / @atttpanama
Kerem Pérez
07 de julio 2015 - 12:15

Los requisitos para solicitar licencia de conducir así como las infracciones de tránsito, podrán ser modificadas luego de una resolución que aprobó la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), en la que habilita al director de esta institución a presentar la propuesta al Órgano Ejecutivo.

Se trata de la Resolución JD-09 de 25 de mayo de 2015 que faculta al director, Julio González, a que adicione además, nueve infracciones de tránsito y sus respectivas sanciones.

Esta resolución fue publicada en la Gaceta Oficial de este martes, 7 de julio de 2015.

Entre los cambios que podrían ser admitidos si el Ejecutivo aprueba la iniciativa están los requisitos para la obtención de las licencias de conducir tipo "A", "B" y "C".

Además, de realizar exámenes teóricos y prácticos, llevar el tipaje de sangre, exámenes auditivos y visuales, tomar un curso de capacitación por parte de la ATTT, se ha incluido la prueba de consumo de estupefacientes, que debe salir negativa para poder adquirir el documento.

En tanto, a quienes aspiren a licencias tipo "E1", "E2" y "E3", además de tener mínimo tres años de experiencia, ser panameño, no haber acumulado más de 35 puntos por infracciones de tránsito en los dos años anteriores, certificado médico de salud mental y física, examen negativo en consumo de estupefacientes, certificado de aprobación de la ATTT, se debe acreditar que el solicitante no ha sido condenado por delitos de homicidio culposo que guarden relación con hechos de tránsito. Esta disposición debe tener vigencia mínima de tres meses. Este nuevo cambio también se incluye en las licencias tipo "F", "I".

Por su parte, el cambio también se dará en las licencias tipo "G" y "H", las cuales deberán tener, además de los requisitos anteriores, un curso de capacitación por parte del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, sobre manejo de cargas peligrosas, prevención de incendios y uso de extintores.

Asimismo, se establecería una sanción a los conductores que no permitan que las autoridades de la ATTT les realicen la prueba para verificar si consumieron bebidas alcohólicas. Para quienes no permitan esto, se aplicará la sanción N°46, que sería una advertencia para el nivel de tolerancia de 1-9, de sanción si tiene aliento alcohólico, y multa, retención de licencia y remoción del vehículo.

Igualmente se modificarían varias de las multas por infracción del reglamento de tránsito actual, entre las que se encuentran:

  • Vehículo mal estacionado: $25
  • Estacionar en espacio para personas con discapacidad: $50
  • Distracción al manejo: $75
  • Conducir bajo la influencia del alcohol o bajo efectos de estupefacientes la primera vez sería $500 y la segunda vez: $700
  • Causar daños a la propiedad ajena u ocasionar accidentes de tránsito bajo los efectos del alcohol o consumo de estupefacientes la primera vez $1000 y la segunda vez $2,500
  • Hacer competencia de regatas, la primera vez sería $2,500 y la segunda vez $5,000
  • Colisión y fuga, atropello o daños a la propiedad sería de $500 la primera vez, y la segunda vez $1,000
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