¿Qué significa que el Pleno de la Corte se declare en sesión permanente?
Fallo Corte Suprema
Panamá/En el día de ayer, el secretario general de la Corte Suprema de Justicia, José Calvo Castillo, anunció que el Pleno de la Corte, entraría en sesión permanente a partir del 24 de noviembre del presente año.
La decisión fue tomada en reunión ordinaria por los magistrados de la Corte para atender lo 'más pronto posible' las demandas de inconstitucionalidad presentada a la institución.
Detalló que, durante ese tiempo, el Pleno de la Corte estará trabajando en el análisis de las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra de la Ley 406 que aprueba el contrato de concesión minera entre el Estado y la sociedad Minera Panamá S.A. hasta emitir su decisión en el menor tiempo posible.
Castillo indicó que, una vez vencidos los términos de alegatos los días 22 y 23 de noviembre, en dos de las demandas en trámite, se iniciaría la sesión permanente al día siguiente.
¿Qué significa la sesión permanente?
El analista político, abogado y excanciller, Jorge Eduardo Ritter, explicó en el programa Mesa de Periodistas que, bajo estas circunstancias de sesión permanente, el Pleno de la Corte podría trabajar los días sábados y domingos.
Detalló que, si la Corte se declara en sesión permanente esto no significa que el resto de las instancias judiciales también estén trabajando.
"Son recursos bien importantes, y son recursos que deben haber estado muy bien argumentados. Hay importantes juristas que se han pronunciado en este aspecto y la Corte tiene que tomar en cuenta todas esas opiniones", señaló Ritter.
El excanciller considera que a pesar de que la Corte se declare en sesión permanente, el fallo sobre las demandas de inconstitucionalidad estaría saliendo en las primera semanas de diciembre.
No veo la posibilidad de que la Corte se pronuncie en materia de tres días o cuatro días, un recurso de esta naturaleza, con tantas opiniones y con tanta trascendencia", aseguró Ritter.
Hasta la fecha, la Corte ha admitido 10 demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 406 del 20 de octubre.
Las primeras cuatro demandas, fueron presentadas por los abogados Juan Ramón Sevillano, Roberto Ruiz, Ernesto Cedeño y Martita Cornejo el 23 y 24 de octubre, sin embargo, no fue hasta el 26 de octubre que la Corte admitió la primera demanda presentada por el abogado Juan Ramón Sevillano y posteriormente, fue admitiendo las demás.
Desde entonces, diversos gremios, grupos, asociaciones y sociedad civil, le han solicitado a la Corte que se pronuncie cuanto antes sobre el futuro del contrato minero.
De momento, el procurador de la administración Rigoberto González y el procurador de la Nación, Javier Caraballo, han emitido opiniones de inconstitucionalidad sobre el contrato minero. Será la Corte Suprema, presedida por la magistrada presidente, María Eugenia López quien tendrán la última decisión sobre si el contrato viola o no la Constitución panameña.
En tanto, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, se dirigió a la nación en el día de ayer para indicar que se acatará al fallo de la Corte una vez se resuelvan las demandas.
Mientras, varios grupos ambientalistas y cívicos se mantiene en una vigilia permanente que lleva más de tres días en los predios de la Corte como medida de manifestación para que se resuelvan las solicitudes en el menor tiempo posible.