Rodrigo Noriega: 'El contrato minero tenía los mismos errores del contrato anterior'
Fallo inconstitucional
El proceso que sigue luego del fallo es la demanda de arbitraje, la cual quedará formalizada en un período de 6 meses y se hará bajó los acuerdos del Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Panamá.
Panamá/El 28 de noviembre además de ser un día histórico por ser el día de la independencia de Panamá de España, se convirtió en un día histórico para los miles de panameños a nivel nacional que se manifestaron durante más de un mes para expresar su rechazo a la aprobación del contrato minero.
El fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre la inconstitucionalidad de la Ley 406 fue catalogado como un logro en el proceso para un país libre de minería.
En ese sentido, el abogado Rodrigo Noriega, felicitó a todos los grupos de diferentes sectores de la sociedad que lucharon incansablemente hasta lograr que la Corte se pronunciara sobre la constitucionalidad del contrato minero que para miles de panameños, no representaba los intereses del país.
Noriega dijo que no había forma de que la Corte declarara constitucional la Ley 406 porque en el 2017 y 2021 ya la Corte había emitido su fallo de inconstitucionalidad y los gobiernos de Juan Carlos Varela y Laurentino Cortizo, 'hicieron caso omiso a esa decisión'.
"En ese fallo la Corte le dice, no solo al Ejecutivo, le dice a la clase política, ustedes no hicieron caso a los fallos anteriores porque este contrato tiene los mismos errores del contrato anterior", señaló Noriega.
La Corte en sus argumentos, cuestionó el hecho de realizar un contrato con un estudio de impacto ambiental de 2011, destacó Noriega luego de leer el fallo de 234 páginas y detalló que el fallo está redactado para ser la primera pieza de defensa del Estado panameño en la demanda de arbitraje.
Demandas de arbitraje
Una vez el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) notifique a la empresa Minera Panamá del fallo de inconstitucionalidad de la Corte Suprema, hay un período de 6 meses para formalizar su solicitud de arbitraje a el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), es decir, el proceso no se dará de inmediato, explica Noriega.
El arbitraje se hará en base al artículo 9.23 del Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Panamá en el Centro Internacional de Arbitrajes de Disputas e Inversión ubicado en Washington DC.
Destacó que, en ese lugar, la firma de abogado Arnold & Porter representó a Costa Rica en una demanda de arbitraje por inversión minera y ganó en 2021, también representó a el El Salvador y ganó la demanda de arbitraje en el 2017.
Esta firma de abogados también representó a Panamá en demandas de arbitraje relacionadas a la expansión del Canal de Panamá.
Agrega el abogado que es importante realizar una auditoría ambiental que debería ser realizada por una firma internacional para poder cuantificar cuánto es el daño ambiental y también una auditoría financiera para determinar todos los costos verdaderos de esa operación.
Se debería realizar también un estudio de toxicología de metales pesados en la sangre de los trabajadores de la mina y de las personas de comunidades cercanas, sugirió el abogado, sin embargo, destaca que el equipo para realizar este estudio es muy costoso pero es algo que se debe hacer.
Es de interés público, según Noriega, conocer quiénes son los accionistas tanto de First Quantum como de Minera Panamá, porque no se sabe si hay políticos o exfuncionarios.
Detalla que, cuando se de la condena en el tribunal arbitral la parte perdedora tiene que pagar los gastos del proceso a la parte ganadora.
Si queremos que pierda la minera tenemos que invertir", puntualizó.