Restringen acceso a información por 10 años a notas y discusiones del presidente, vicepresidente y Gabinete

Falta de Transparencia

Consejo de Gabinete.
Consejo de Gabinete. / Foto cortesía: Presidencia de la República

El Ministerio de la Presidencia declaró como información de acceso restringido, las actas, notas, archivos y otros registros y constancias de las discusiones o actividades del Consejo de Gabinete, del presidente o vicepresidentes de la República.

Lo anterior consta en la Resolución 71 del 4 de agosto de 2021, que lleva la firma del ministro de la Presidencia, José Gabriel Carrizo en calidad de ministro de la Presidencia y del viceministro, Carlos García Molino.

La resolución que apareció en Gaceta Oficial este viernes 20 de agosto, exceptúa a aquellas discusiones o actividades relacionadas a aprobaciones de contratos.

"Se declara como información de acceso restringido las actas, notas, archivos y otros registros y constancias de las discusiones o actividades del Consejo de Gabinete, con excepción de aquellas correspondientes a discusiones o actividades relacionadas a aprobaciones de contratos", indica el documento en su articulo N°1.

La mencionada resolución añade, que de acuerdo a con lo que dispone el artículo 14 de la Ley 6 de 2002, que dicta normas de transparencia en la gestión pública, establece la acción de Hábeas Data y dicta otras disposiciones, la información que dicha ley defina como acceso restringido, no se podrá divulgar, por un período de 10 años, contados a partir de su clasificación como tal, salvo que antes del cumplimiento del periodo de restricción dejen de existir las razones que justificaban su acceso restringido.

Revise la Resolución que restringe información sobre el Consejo de Gabinete.

Resolución del Ministerio de la Presidencia.
Resolución del Ministerio de la Presidencia. / Foto cortesía: Gaceta Oficial.
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