Rechazan recurso de aclaración de sentencia al exministro Guillermo Ferrufino
Guillermo Ferrufino
Panamá/La Sala Segunda de lo Penal rechazó el recurso de aclaración de sentencia por corrupción de servidores públicos al exministro de Desarrollo Social (Mides), Guillermo Ferrufino.
La información aparece publicada mediante el edicto 151 donde se detalla que en el fallo actuaron las magistradas Ariadne García Angulo, Maribel Cornejo y el magistrado Juan Castillo Canto que negaron dicho recurso de plano y por improcedente.
Según, el documento los magistrados de la Sala Penal basaron su decisión citando el artículo 999 del Código Judicial que dice: "La sentencia no puede revocarse ni reformarse por el juez que la pronuncie, en cuanto a lo principal; pero en cuanto a frutos, intereses, daños y perjuicios y costas, puede completarse, modificarse o aclararse, de oficio, dentro de los tres días siguientes a su notificación o a solicitud de parte hecha dentro del mismo término. También puede el juez que dictó una sentencia aclarar las frases obscuras o de doble sentido, en la parte resolutiva, lo cual puede hacerse dentro de los términos fijados en la primera parte de este artículo. Toda decisión judicial, sea de la clase que fuere, en que se haya incurrido, en su parte resolutiva, en un error pura y manifiestamente aritmético o de escritura o de cita, es corregible y reformable en cualquier tiempo por el juez respectivo, de oficio o a solicitud de parte, pero sólo en cuanto al error cometido".
Con esta última resolución se le acabaron todas las oportunidades al exministro para que pueda revocar la sentencia por corrupción de servidores públicos, de los hechos del proceso se centran sobre una camioneta que recibió Ferrufino durante su gestión en el Ministerio de Desarrollo Social, específicamente durante el año 2013, por parte de dos empresas y que dicho vehículo sería para uso personal.
Según las averiguaciones que pudo comprobar la Fiscalía Anticorrupción de Descarga, las dos empresas le transfirieron $110 mil a través de una tercera persona, el dinero entregado como donación, tenía como propósito recibir contratos con el Estado.
La condena dictada por la Sala Penal también fue dictada contra los empresarios Ángel Brennan y Tomás Adolfo Rugliancich.