Contrato Minero:Publicación del fallo en Gaceta no sería necesario para su ejecutoría según abogado
Contrato Minero
El abogado Juan Ramón Sevillano, uno de los diez demandantes por inconstitucionalidad de la Ley 406 del contrato minero, aclaró que no hace falta que se publique en Gaceta Oficial el fallo de la Corte para que este sea válido.
Segú lo que explica el abogado, una vez se dé el fallo, las partes serán notificadas de forma personal o por edicto y tres días después este será ejecutoriado, sin la necesidad de esperar 10 días más para que sea publicado en Gaceta Oficial.
Destacó que la publicación en gaceta es publicidad a terceros para que el pueblo tenga conocimiento, pero la sentencia después de los tres días está en firme.
Recordó que en el 2008 junto al CIAM presentó una demanda similar, en ese entonces contra el contrato de 1997, el cual fue declarado inconstitucional en diciembre del 2017, y quedó en firme en ese mismo mes del mismo año, no en 2021.
“La empresa y el gobierno se han cogido de esa teoría para eximir del pago de regalías en el plazo del 2017 al 2021, que han quedado en un limbo jurídico”, afiirmó.
Sevillano tiene la seguridad de que la Corte fallará inconstitucional, ya que, está encajonada en los mismos considerandos del 2017, que fueron insertados en la nueva demanda.
Recalca que hay cosas muy distintas en este nuevo contrato con el de 1997 como: la cantidad de hectáreas, el mineral del 1997 era oro ahora se habla de cobre, la compañía es otra; entre otras cosas. Por lo que decir que si ya había un fallo sobre el antiguo contrato no es necesario uno nuevo, es algo que queda a debatir.