El proyecto que busca proteger la vida de recién nacidos en riesgo de abandono

El proyecto que busca disminuir el abandono infantil / TVN Noticias

El proyecto de ley 379, aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional (AN) y presentado por la diputada independiente Ana Matilde Gómez, busca proteger la vida de los recién nacidos en riesgo de abandono en el país.

La iniciativa legislativa pretende brindar una salida a las madres que no encuentra una solución distinta que abandonar a su bebé.

La directora de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf), Yazmín Cárdenas, detalló a TVN Noticias que la novedad del documento aprobado es que despenaliza la entrega voluntaria, por primera vez, de un recién nacido por su madre en un centro receptor.

El proyecto, que está a espera de la sanción o veto presidencial, desarrolla mecanismos de protección para los recién nacidos entregados, de manera voluntaria, por su madre a un centro.

Igualmente, este proyecto adiciona un artículo (148-A) al Código Penal, que libra de responsabilidad penal a la madre que entregue por primera vez a un recién nacido.

LEA: Proyecto de ley 379.

El artículo actual (148) penaliza el abandono de un menor de edad con dos a cuatro años de prisión.

Además, Cárdenas explicó a TVN Noticias que los procesos a seguir, en casos de abandono, ya estaban contemplados en la Ley 46 sobre adopción.

"(La Ley 46) establece todo el procedimiento y los términos que, desde la Senniaf, debemos cumplir cuando nos es puesto en conocimiento por los hospitales de alguna situación de abandono", comentó.

La posible sanción de este documento supone un reto en materia logística y presupuestaria para la Senniaf porque asumiría la responsabilidad de reglamentar la ley, así como determinar los centros receptores y las familias acogentes.

Asimismo, el Registro Civil es parte de los actores involucrados en la ejecución de esta nueva disposición, al confirmar si el niño entregado se encuentra inscrito.

La iniciativa legislativa establece que de tratarse de una madre reincidente, la Dirección de Protección de la Senniaf deberá informar "inmediatamente" al Ministerio Público (MP).

"La madre que se ampare bajo esta norma solo podrá hacerlo una vez en el transcurso de su vida", destaca el artículo 4 del documento.

Con información de Edna Jaramillo.

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