Procurador deberá determinar bajo qué cargo se investigará a José Gabriel Carrizo

Denuncia contra Carrizo

El procurador debe informar si Carrizo se investigará como ministro o como vicepresidente.

¿Investigarán al vicepresidente José Gabriel García?

La denuncia por supuesto mal uso de los recursos del Estado en contra del vicepresidente de la República, José Gabriel Carrizo, presentada ante la Procuraduría de la Administración, genera dudas sobre ¿Quién tiene la competencia para investigarlo? ¿Bajo qué figura se le investigará, como vicepresidente electo o como ministro de Estado?

El exfiscal electoral Boris Barrios, manifestó que esta es la primera vez que se denuncia a un vicepresidente bajo el Código de Ética para los funcionarios, sin embargo, aunque este código crea una serie de principios en relación al funcionamiento de la administración pública, no plantea un procedimiento específico, ni competencias determinadas en razón de los cargos, o sea, que no distingue al funcionario electo por votación popular al de designación.

Para Barrios, lo primero que hay que determinar es cómo se va a juzgar a Carrizo, ejerciendo el cargo de vicepresidente o el de ministro, ya que, si el procurador declara que tiene competencia para investigar al vicepresidente, debe abrir la carpeta de investigación y aplicar el procedimiento.

“El Código de Ética establece conductas que ni siquiera tipifica específicamente cómo y cuáles son o cómo se faltó a la ética, sino cuestiones generales, entonces, frente a eso, ¿Cuál es el procedimiento?”, se cuestionó el exfiscal.

Señaló que la Jurisdicción Interamericana estableció el criterio de que por vía administrativa no se puede destituir ni separar del cargo a un funcionario de elección popular, es por ello que la pregunta es bajo qué cargo se juzgará a Carrizo.

Veto de Cortizo a revocatoria a diputados

Sobre el veto al proyecto de Ley que anulaba la revocatoria de mandato a diputados a través de los partidos políticos, Barrios señaló que si el presidente de la República, Laurentino Cortizo sancionaba el proyecto se rompía el esquema que existía desde la Constitución de 1972 con las reformas de 1978 y 1983 cuando se crea la democracia de partido.

Explicó que, de aprobarse ese proyecto, se les quitaba a los partidos el control de los diputados en el escenario de la Asamblea bajo el criterio de la línea de partido.

“El ciudadano panameño no tiene iniciativa de revocatoria de mandato a los diputados que son propuestos por vía de partido político, solo a los que son por iniciativa particular (independientes)”, expresó.

Para Barrios, la decisión del presidente de la República fue por la figura de “inconstitucionalidad”, por lo que se vio forzado, ya que, lo que se debatía era si los partidos podían revocar el mandato a los diputados que ellos postulaban por los votos que emiten en la Asamblea Nacional.

Revocatoria al alcalde

Mientras que, en cuanto al proceso de revocatoria de mandato contra José Luis Fábrega, detalló que es otro escenario nuevo para los panameños, porque nunca se había dado, aclaró que, aunque la revocatoria de mandato contra un alcalde no está en la Constitución, sí está en la Ley, por lo que no puede ser demandado por inconstitucional, dicho esto, lo único que puede salvar a Fábrega es que no se logren las firmas.

Ponderó que el Tribunal Electoral esté utilizando la tecnología para el proceso de revocatoria ya que, en el pasado, muchas personas que aspiraban a participar de las elecciones por la libre postulación no pudieron por que no se pudo verificar las firmas.

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