¿Qué procede tras el levantamiento del fuero electoral al expresidente Martinelli?
Fuero Electoral Martinelli
El exmagistrado de Tribunal Electoral, Guillermo Márquez Amado, explicó cuál sería el procedimiento a seguir, luego del levantamiento del fuero penal electoral del expresidente, Ricardo Martinelli.
Márquez Amado dijo que lo que establece la Ley electoral, “traída de los cabellos”, es que las personas que tienen fuero electoral durante los procesos electorales, en el caso de la norma original, se refería a los procesos electorales nacionales y no a los internos de los partidos políticos, no pueden ser procesada o llamadas a juicio, salvo que haya indicios fuertes con respecto a que haya cometido un delito.
Ahora bien, si un juez de inferior instancia, considera que se debe levantar, puede disponer de este levantamiento y naturalmente, la decisión es apelable ante el pleno del Tribunal Electoral, compuesto por sus tres magistrados.
La decisión que estos tomen será definitiva respecto al proceso electoral en el que esté involucrado la persona, es decir, por ejemplo, si uno de los casos fue New Business y el otro Odebrecht, habría que juzgar en dos oportunidades diferentes, dependiendo si se han aportado nuevas pruebas.
Ya se ha visto que, en esta instancia inferior, dijo Márquez, la juez ha considerado que sí hay suficientes méritos como para levantar el fuero penal electoral, decisión que probablemente al momento de la notificación será apelada y posteriormente, el caso deberá subir a las instancias de pleno del Tribunal Electoral, que tendrá que considerar si hay méritos para llamar a un nuevo juicio, si se trata de un nuevo caso o si por el contrario se trata de un viejo caso, si esas nuevas pruebas incorporadas ameritan que se levante el fuero.
Por otro lado, podría ocurrir que sea una nueva oportunidad para que los magistrados que, en anterior proceso, fallaron a favor de darle continuidad al fuero penal electoral al expresidente puedan “salvar cara”.
“Es una lástima que estemos pensando que quieran salvar cara, porque lo que debió haber ocurrido en el primer momento fue que la decisión hubiese sido tan diáfana y con tanto contenido, tan contundente, como para que a nadie le quedara dudas de si se debería levantar o no el fuero penal electoral”, precisó.
Para entonces, continuó el exmagistrado, el Tribunal Electoral recurrió a un absurdo, que fue entrar a considerar si un argumento que no tenía nada que ver con el levantamiento del fuero penal electoral cabía o no, y no era de su competencia considerar este otro argumento, que era el principio de especialidad.
En esta oportunidad no tendría nada que ver lo que acontece en la Corte Suprema de Justicia respecto a esta nueva solicitud, recalcó.