Presidente Varela sanciona ley que aumenta penas de prisión a pederastas
El presidente de la República, Juan Carlos Varela, sancionó este martes 20 de marzo la ley que aumenta las penas de prisión a pederastas y violadores.
La iniciativa fue impulsada por los diputados Iván Picota y Athenas Athanasiadis; fue publicada en horas de la tarde en Gaceta Oficial.
De acuerdo con lo aprobado, los pederastas serán sancionados con prisión de 12 a 18 años si el hecho se ejecuta con una persona que tenga menos de 14 años.
Mientras que los violadores purgarán pena de 10 a 15 años de prisión. El documento establece que quien logre acceso sexual con una persona mayor de 14 años y menor de 18 será sancionado con prisión de 4 a 6 años, aunque medie consentimiento.
La sanción de la ley se da luego que un fotógrafo local fuese condenado a 10 años de prisión por abusar sexualmente de una menor de edad. La ciudadanía reclamó que la pena era baja para la gravedad del delito.
Sobre el trabajo comunitario, la suspensión de las penas y el reemplazo de ellas, se establece "que no se aplicarán estas condiciones cuando sea una persona sancionada por los delitos contra la libertad e integridad sexual en perjuicio de una persona menor de 14 años de edad".
Quien corrompa o promueva la corrupción de una persona menor de 18 años, haciéndola participar o presenciar comportamientos de naturaleza sexual, será sancionada con 8 a 10 años de prisión. Esta pena aumenta a 10 a 15 años, cuando se acredite en la víctima, menor de 14 años, una alteración psicosexual.
En el Código Penal se suman nuevos elementos tales como inhabilitación para el ejercicio de cargos, oficios o profesión en parques, parvularios, centros escolares, campos o centros deportivos y áreas aledañas.
La normativa abarca penas, entre otros aspectos, para la corrupción de menores, posesión y distribución de pornografía infantil, exhibicionismo, el comercio sexual, así como el acceso a espectáculos pornográficos a personas menores de edad, acoso sexual y actos libidinosos.