Sancionan Ley de Intereses Preferenciales ¿Cuáles son los rangos de beneficio?
Interés preferencial
El presidente de la República, Laurentino Cortizo, sancionó este jueves 20 de septiembre, la Ley No.1039, que modifica y adiciona artículos a la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios.
La Ley, tiene el enfoque de 'beneficiar' a las familias en la compra de su primera vivienda y se establecen descuentos sobre los intereses bancarios al momento de adquirir una propiedad.
De igual forma, se busca incentivar el sector de la construcción, la generación de empleos y facilitar la adquisición de viviendas a familias de la clase media. Su vigencia será hasta el 31 de diciembre del año 2025.
¿Qué dice la Ley?
El rango de beneficio da cobertura a casas con precios desde 45 mil hasta 180 mil dólares.
En primera instancia, establece una cobertura al 100% de intereses preferenciales para las viviendas con un valor hasta 45 mil dólares. Además se incluyen segmentos de intereses en préstamos de viviendas y apartamentos cuyo valor registrado al momento del financiamiento oscile entre 45 mil hasta 180 mil.
- En el rango de 45 mil a 80 mil dólares el Estado absorberá el 4% de los intereses. Esto significa que los solicitantes de préstamos para viviendas dentro de este rango podrán beneficiarse de una tasa de interés del 4% durante un período de 10 años no renovables.
- De 80 mil a 120 mil se financia el 4%. En este caso, los prestatarios que soliciten financiamiento dentro de este rango podrán disfrutar de una tasa de interés del 4% durante un período de 8 años no renovables.
- Mientras que de 120 mil a 150 mil el Estado financia el 2%. Igualmente se ajusta el 2% de los préstamos para vivienda plurifamiliar vertical a nivel nacional, por un período de 5 años no renovables.
- Por último, el monto de 150 mil a 180 mil en préstamos de viviendas plurifamiliar vertical sería el 1.5% del total de intereses. Esto solo será por un período de 5 años no renovables.