Presentan proyecto de ley sobre importación de medicamentos

Medicinas en Panamá

Presentan a la Asamblea ley sobre importación de medicinas / Meredith Serracín

Panamá/El ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, presentó en el Pleno Legislativo, el Proyecto de Ley que modifica el literal d del artículo 8 de la Ley 24 de 1963, para permitir la importación de medicamentos por las farmacias.

Sucre señaló que “la Ley 24 de1963 se crea el Colegio de farmacéuticos y se reglamenta el establecimientos farmacéuticos y se establecen las actividades permitidas a cada categoría de dichos establecimientos, de esta manera se ha consolidado el mercado de medicamentos en el país conformado por mayoristas y minoristas, que no permitía a éstos a acceder de manera directa a los fabricantes y comprar a un mejor costo”.

Lo anterior trae como consecuencia una marcada elevación de costos a los productos panameños sobre los similares en la región y esto repercute directamente en el acceso de las personas de menos ingresos, por lo cual se hace necesario derribar las barreras que no permiten la participación de más oferentes al mercado; de manera que siendo las farmacias entes regulados, puedan importar medicamentos, cumpliendo con las regulaciones que garanticen seguridad, inocuidad y eficacia, destacó Sucre.

Una vez aprobada la misma, por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas el agente podrá importar el o los productos las veces que lo requiera aportando a cada tramite el certificado de importación y la factura de compra; si el producto procediese de un país cuyo ente regulatorio no sea de alto estándar se mantendrá en cuarentena en almacén de la agencia hasta que se realicen las pruebas pertinentes.

Si se trata de muestras y productos sin valor comercial las importaciones se realizarán sin haber obtenido registro sanitario cuando se trate de medicamentos de uso personal con o sin registro sanitario a través de courier o por viajeros se podrá gestionar con las siguientes reglas, si se tratase de medicamentos vía parenteral, biológicos, biotecnológicos, hemoderivados, homeopáticos, solo se permitirá la importación si se demuestra la cadena de frío.

El importador está obligado a presentar la receta médica, al igual que la factura detallada, copia de cédula o pasaporte, carta de relevo de responsabilidad a la autoridad de Salud y guía aérea; la cantidad a importar no podrá ser mayor a 6 meses de tratamiento, en caso de viajeros presentar acta de retención.

Viruela del mono

Sucre también se refirió sobre la vacuna contra la viruela del mono y reiteró que ya Panamá ha hecho las gestiones para la adquisición de las vacunas con la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

El ministro añadió que de los siete casos que Panamá ha reportado, todos los pacientes han recibido la atención médica requerida y establecida en el protocolo para estos casos.

 

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