Datos que debes conocer sobre la recolección de firmas para la libre postulación
Elecciones en Panamá
Quedarán reconocidos como candidatos postulados para la elección general los tres precandidatos que más firmas obtengan.
Ciudad de Panamá, Panamá/Los precandidatos que aspiran a un cargo por libre postulación empezarán a recoger firmas el próximo 15 de agosto, luego de haber cumplido con la capacitación de sus instructores y los requisitos dispuestos en el artículo 15 del Decreto 29 de 2022 y el Código Electoral.
Proceso para la recolección de firmas
- La cantidad mínima recolectada deberá ser el equivalente del 2% de los votos válidos emitidos en la última elección, según el cargo y circunscripción que corresponda.
- Una persona no puede apoyar a precandidatos fuera de su circunscripción, tampoco puede firmar a otro precandidato para el mismo cargo, pues esto conlleva una sanción de 1,000 a 2,000 dólares.
- Las firmas podrán ser recolectadas a través del Centro de Atención al Usuario (CSU) www.tribunalcontigo.com donde se realizará la entrevista con el funcionario del Tribunal Electoral que validará la identidad de la persona haciendo uso de la base de datos de la institución.
- También se puede realizar a través de los quioscos del Tribunal Electoral
- Se podrá recoger firmas también a través de los dispositivos móviles suministrados por los precandidatos que utilizan una aplicación biométrica desarrollada por la entidad, de manera presencial en cualquier oficina de la entidad.
- Para las áreas que carecen de conectividad a internet, se podrá recolectar las firmas a través de los libros móviles.
Impedimentos
No podrán aportar su firma a un precandidato aquellas personas que no cuenten con su cédula vigente, si la personas es menor de edad, aquellas personas que no se encuentra en pleno goce de sus derechos ciudadanos y cuando la firma no coincide con la cédula. De igual manera si la cédula pertenece a un difunto, si la persona es extranjera, la cédula no existe y si este documento (cédula]) se encuentra deteriorado e impide corroborar la información contenida en ella.
Lugares prohibidos para recoger firmas
La norma también establece que queda prohibido recoger firmas de respaldo en los siguientes sitios:
- Oficinas públicas, exceptuando las del Tribunal Electoral.
- Centro de cultos religiosos
- Bares, cantinas y cualquier otro lugar de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, exceptuando los restaurantes.
- En todo inmueble de propiedad particular, sin la previa autorización de sus propietarios, administradores u ocupantes.
Otros datos de interés
La persona que haya dado su firma de respaldo a un precandidato, también tiene la opción de renunciar.
El firmante puede acudir personalmente a las oficinas del Tribunal Electoral, también puede hacerlo a través del Centro de Atención al Usuario (CAU), por medio del sitio web www.tribunalcontigo.com y la otra opción es lo quioscos multiservicios de la entidad.
De acuerdo con el Tribunal Electoral, el periodo final de recolección de firmas sin propaganda es hasta el 1 de junio de 2023.
Mientras que el periodo final de recolección de firmas con propaganda es del 2 de junio de 2023 hasta las 12:00 md del 31 de julio de 2023.
Quedarán reconocidos como candidatos postulados para la elección general los tres precandidatos que más firmas obtengan, siempre que hayan superado la cantidad mínima de firmas (2 %) para los distintos cargos y circunscripciones, además de haber presentado su informe de ingresos y gastos, según el artículo 365 y 371 del Código Electoral.