¿Quiénes no podrán aplicar al programa de retiro voluntario para funcionarios?

Sector Público

El servidor público que se acoja al programa de Retiro Voluntario no podrá ser nombrado como personal fijo / Foto/Archivo

Panamá/El presidente de la República, Laurentino Cortizo, promulgo el Decreto Ejecutivo N| 204 del 8 de agosto de 2022 que adopta y reglamenta el Programa de Retiro Voluntario para los Servidores Públicos que opten voluntariamente en renunciar al cargo que actualmente desempeñan en los ministerios, instituciones autónomas y semiautónomas, empresas públicas e intermediarios financieros.

¿Quiénes no aplican al programa?

Requisitos

De acuerdo con el decreto quienes se acogerán al programa deben cumplir con los siguientes requisitos:

 

Además, a los servidores públicos que se acojan al programa se les otorgará un bono que será calculado de acuerdo a los años continuos laborados y conforme al salario devengado al 30 de junio de 2022, y no será considerada ninguna otra remuneración.

Tabla de cálculo para el monto del bono

Tabla para bono

Cabe recordar que el servidor público que se acoja al programa de Retiro Voluntario no podrá ser nombrado como personal fijo, ni contratado nuevamente como personal transitorio, contingente o por servicios especiales en el sector público. 

Ingrese aquí para conocer el decreto publicado en la Gaceta Oficial.

Temas relacionados

Si te lo perdiste
Lo último