Constitucionalista Pedreschi se refiere a demanda de inconstitucionalidad en contra de la candidatura de Mulino
José Raúl Mulino
Ciudad de Panamá/A menos de un mes para las elecciones generales del 5 de mayo, continúa la incertidumbre sobre si la candidatura de José Raúl Mulino, quien corre como el principal en la nómina presidencial por el partido Realizando Metas (RM) y Alianza, es o no inconstitucional.
Esto, luego de que se admitiera una denuncia realizada en contra del punto dos del Acuerdo del Pleno 11-1 del Tribunal Electoral del 4 de marzo de 2024, en el que se inhabilitó a Ricardo Martinelli para postularse al cargo de presidente y diputado por el circuito 8-4, tras haber sido condenado por el delito de blanqueo de capitales y se dio paso a Mulino para ocupar la candidatura presidencial, sin un vicepresidente.
En ese orden de ideas, este martes 9 de abril se conoció, a través de un comunicado, la opinión del constitucionalista Carlos Bolívar Pedreschi, quien se refirió a la compleja situación que atraviesa la instancia que debe resolver la demanda interpuesta sobre la candidatura de Mulino.
La redacción del artículo 177 es suficientemente clara: “… Con el Presidente de la República será elegido, de la misma manera y por igual período, un Vicepresidente…”, dice el comunicado del profesor Pedreschi.
Antes de resolver su opinión final, esclareció el profesor que, existen dos extremos decisivos:
- El primero determinar si la Corte Suprema de Justicia tiene o no competencia para conocer de los actos emanados del Tribunal Electoral que violen normas constitucionales.
- El segundo extremo es precisar si lo decidido por el Tribunal Electoral viola o no alguno de los artículos de la Constitución política del país.
Sobre el primer punto, indicó “nunca he tenido la menor duda de que en Panamá la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio del control privativo de la constitucionalidad, puede conocer de los recursos de inconstitucionalidad que se presenten contra actos emanados del Tribunal Electoral que violen la Constitución política del país”.
En tanto, sobre si el Tribunal Electoral violó o no la Constitución de la República, tras autorizar la candidatura de Mulino, sin vicepresidente, Pedreschi aseguró que la autoridad electoral, en el acuerdo antes citado, admitió el riesgo de violación a la Constitución, concretamente al artículo 177 de la Carta Magna.
La decisión del Tribunal Electoral no solo viola uno, sino varios artículos de la Constitución”.
El profesor citó de manera textual los párrafos mencionados en el referido acuerdo en el que confirmaban que su decisión se constituía como incumplimiento al mandato constitucional del artículo 177.
En su comunicado, sugirió que en el futuro, el Código Electoral deberá contemplar en su texto el caso de muerte o inhabilitación del candidato a la presidencia antes de las elecciones, e igualmente, el caso de muerte o inhabilitación del Vicepresidente antes de las elecciones.
Para el profesor Pedreschi, el problema no se produjo por el texto constitucional, sino por la falta de previsión en el Código Electoral y por la falta del Tribunal Electoral al no haber dictaminado un procedimiento legal para que los partidos en cuestión estableciesen una fórmula presidencial y vicepresidencial completa, tal cual lo indica la Constitución.
"En mi concepto, la situación descrita no está amparada por convenciones internacionales de derechos humanos porque las circunstancias de hecho y de derecho alrededor de la candidatura presidencial inicial de quien resultó inhabilitado arrastró consigo la del Vicepresidente al quedar nombrado como candidato presidencial sin Vicepresidente. Dichas consecuencias jurídicas son las de que, el punto segundo de la parte resolutiva del referido Acuerdo 11-1 viola los artículos 177, 181 y 185 de la Constitución", puntualizó el catedrático.
Hasta el momento, la Corte Suprema de Justicia no se ha pronunciado al respecto, por lo cual el profesor Pedreschi solicitó a esta instancia un fallo oportuno, antes de las elecciones del 5 de mayo.
Hace unas semanas, el procurador de la Nación, Javier Caraballo indicó que la candidatura de Mulino no era "inconstitucional", opinión que el reconocido cantautor, Rubén Blades, calificó como "absurda" y cuestionó el actuar tanto de los magistrados del Tribunal Electoral como del procurador Caraballo.
"Lo extraordinario de todo este asunto es que existan autoridades nacionales que aprueben esta obvia inconstitucionalidad justificándola con el argumento de que hay que respetar la voluntad del votante", señaló Blades.