Panamá aspira a que GAFI lo saque de la lista gris este año

GAFI

Vista de la ciudad de Panamá.
Vista de la ciudad de Panamá. / Foto/Archivo

Ciudad de Panamá/La Directora de Estrategia Financiera y Fiscal Internacional (DEFFI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Isabel Vecchio, quien también es la secretaria técnica de la Comisión Nacional contra el Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo, aseguró que en el plan de acción de Panamá para salir de la lista gris del  Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), hay 15 puntos de los cuales el país tiene 13 calificados como largamente cumplidos y los otros 2 están parcialmente cumplidos.

“No tenemos nada como no cumplido, lo cual es importante destacar”, recalcó Vecchio al tiempo que dijo esperar que para este año el país cumpla en su totalidad con el plan de acción, de forma que se logre la exclusión del país de la lista gris de GAFI.

Ciudad de Panamá
Ciudad de Panamá / Foto/Archivo

¿Qué es el registro de beneficiarios finales?

Reiteró que, en la actualidad, existe un registro de beneficiarios finales, que es un registro cerrado, creado mediante la Ley 129 de 2020, en donde el agente residente debe incluir información de las personas jurídicas que representa, incluyendo la identificación del beneficiario final.

Este proceso no le resta competitividad al país pues todas las jurisdicciones lo tendrán que implementar oportunamente; por lo tanto, aquellos países que cuentan con un registro de beneficiarios finales, van a tener la información de éstos en tiempo oportuno.

Indicó que esta información es accesible a las autoridades competentes en materia de prevención de blanqueo de capitales, bajo requerimiento o solicitud con fines de cooperación internacional, investigación, verificación o similares.

Igualmente, comentó que el costo de permanecer en una lista gris implica un costo reputacional, y enfatizó que la realidad del Panamá de hoy no es la misma de hace cinco años. “Hemos implementado controles efectivos y sostenibles en el tiempo y lo estamos evidenciando”.

Capital panameña
Capital panameña / Foto/Archivo

Papeles de Panamá

En el caso de los llamados “Papeles de Panamá”, se utilizó el nombre de nuestro país de una manera inadecuada; Panamá es un país que a nivel internacional está cooperando en materia de transparencia y cuando se nos solicita información, tenemos un tiempo de respuesta oportuno y bastante ágil en comparación con otras jurisdicciones, puntualizó la directora Vecchio.

“La identificación del beneficiario final es un requisito a nivel mundial y todos los países lo tienen que aplicar, y poco a poco, nos tenemos que adaptar a esta realidad y aun cuando el agente residente renuncie a una persona jurídica, debe, mantener la información al menos por cinco años”, agregó.

 Reiteró que actualmente se lleva a cabo en Atlapa una jornada masiva de registro para los abogados, agentes residentes, con la finalidad que se registren en el Registro de Beneficiarios Finales, jornada convocada por la Superintendencia de Sujetos no Financieros (SSNF).

 Panamá fue incluida en la lista gris del GAFI en junio de 2019, posterior al proceso de evaluación que se le hizo al país bajo la cuarta ronda de evaluaciones mutuas del GAFILAT, la cual estaba enfocada en efectividad. “Primero fuimos evaluados por temas técnicos y posteriormente esta cuarta ronda se enfocó en cómo aplicaba el país estas normas, es decir la efectividad”, subrayó Vecchio.

Acciones ejecutas de julio 2019 a febrero 2023

  1. Actualización del capítulo V de la Evaluación de Riesgo, en materia de financiamiento del terrorismo y actualización de las evaluaciones sectoriales de riesgo de los sectores no financieros y análisis de riesgo de uso de efectivo.
  2. Desarrollo del análisis de riesgo de las personas jurídicas y los fideicomisos y su estrategia de mitigación, la cual se ha cumplido conforme a los tiempos. Igualmente, desarrollo de análisis de riesgos de los sectores no financieros.
  3. Modificación del Código Penal con el fin de penalizar el envío ilegal de remesas. Ley 123 de 31 de diciembre de 2019.
  4. Incremento sustancial de las supervisiones basadas en riesgo a los sujetos obligados no financieros.
  5. actualización e implementación del Manual de supervisión mejorando con esto el cumplimiento de los sujetos obligados (incremento de ROS).
  6. Modificación del marco legal para aumentar las sanciones hasta US$5 millones, ajustándolas a la naturaleza de la infracción, tamaño de la entidad informante, entre otras consideraciones. Ley 254 de 11 de noviembre de 2021. Aumento de imposición de sanciones por los organismos de supervisión por incumplimiento en normas ALA/CFT.
  7. Se elevó la Intendencia a Superintendencia de Sujetos no Financieros (SSNF), dotándola de mayor recurso económico, humano y tecnológico, incluyendo nuevas instalaciones. Ley 124 de 7 de enero de 2020.
  8. Establecimiento de mecanismos eficaces para supervisar las actividades de las entidades offshore, incluyendo un mejor conocimiento del volumen de activos y se adoptaron medidas para evitar su abuso. Decreto Ejecutivo 35 de 6 de septiembre de 2022; emisión de Guías y Resoluciones por la SSNF.
  9. Implementación de las medidas para prevenir el uso indebido de directores nominales. Implementación de suspensión de personas jurídicas, Decreto Ejecutivo 905 de 20 de septiembre de 2019; emisión de guías y resoluciones por la SSNF.
  10. Creación e implementación del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUBF), el cual está totalmente operativo, cargado a un 36% y las autoridades competentes han utilizado esta herramienta de forma exitosa. Además, dichas autoridades competentes continúan, por facultad legal, requiriendo información de beneficiario final, de manera directa a los agentes residentes y mantienen múltiples evidencias de la obtención de la misma en tiempo oportuno. Ley 129 de 17 de marzo de 2020, Decreto Ejecutivo 13 de 25 de marzo de 2022, Decreto Ejecutivo 15 de 30 de marzo de 2022 y Decreto Ejecutivo 2 de 30 de marzo de 2022.
  11. Elaboración de una Guía práctica para las investigaciones financieras paralelas y las autoridades ya se encuentran utilizándola.
  12. Incremento significativo del uso de productos de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y de las investigaciones de lavado de dinero en relación con áreas de alto riesgo identificadas en la evaluación nacional, incluyendo las cifras de incautaciones, aprehensiones o decomisos.
  13. Fortalecimiento de las capacidades legales e institucionales del Ministerio Público, a través de la creación de una Fiscalía Especializada en investigaciones de lavado de dinero para delitos fiscales cometidos en el extranjero. Adicionalmente, se modificó el artículo 288-J del Código Penal para asegurar la efectividad de la Ley 70 de 2019. Así mismo, se ha evidenciado la habilidad de Panamá para investigar y procesar casos de blanqueo de capitales con delitos de evasión fiscal como delito precedente, cometidos en el extranjero. Ley 116 de 5 de diciembre de 2019.

 

 

Si te lo perdiste
Lo último
stats