¿Qué opinan expertos sobre la extinción de dominio?

Ley de extinción de dominio

Explican bondades de Ley de extinción de dominio

Tres grandes amenazas han sido identificadas por organismos internacionales que han estudiado la situación de Panamá en materia de seguridad, según el vice fiscal general de Colombia, Wilson Martínez, quien se refirió a las bondades de la extinción de dominio, tal como actualmente se aplica no solo en Colombia, sino también en otros países.

Tráfico de drogas, lavado de activos por ser un hub financiero y comercio ilícito de mercancía, por tratarse de una zona importante para el comercio internacional con tránsito por el Canal de Panamá y Zona Libre de Colón, fueron las principales amenazas enumeradas por el vice fiscal colombiano.

Pero, también existe una cuarta amenaza, un problema latente en la región, y es la corrupción.

Sin embargo, destaca que el derecho penal en Panamá, mismo que hay en toda la región es utilizado fundamentalmente para perseguir a delincuentes, pero ocurre que los fenómenos antes mencionados ya no son delitos cometidos individualmente, son cometidos por estructuras delictivas en forma de empresas que operan no solo localmente, sino transnacional.

En este sentido, ese derecho penal se queda corto, dijo Martínez, porque si bien la Procuraduría, el Ministerio Público tiene éxito operativo, logra individualizar, judicializar y encarcelar a estas personas, esto no acaba con el fenómeno criminal, toda vez que estas estructuras tienen “capacidad de reciclar a sus cabecillas”.

Debajo de estos fenómenos criminales hay una economía ilícita internacional que los alimentan, recalcó.

Explicó que al igual que una empresa, estos organismos criminales se van a la quiebra cuando ya no cuentan con dinero para poder continuar con su estructura.

Es aquí donde la extinción de dominio cobra un papel importante, porque ha demostrado internacionalmente ser una herramienta eficaz para perseguir los delitos, recursos ilícitos y para desarticular el aparato financiero de estas organizaciones criminales.

“El objetivo de la extinción de dominio, es marchitar estas organizaciones criminales para que no puedan continuar funcionando”, recalcó.

Aclaró que esta no reemplaza el proceso penal, sino que lo complementa. La persecución penal y la de activos ilícitos deben caminar de la mano. De allí que, en la medida de que Panamá sea exitosa con ambas podrá combatir el crimen organizado de una manera integral y holística.

Advirtió que hoy día con un régimen penal “Panamá tiene la mano derecha, pero no la izquierda entonces no puede aplaudir”, por lo que, en la medida de que logre tener una ley de extinción de dominio sólida podrá hacer ambas cosas y ponerse a tono con los estándares internacionales en la materia.

Violación de garantías constitucionales y persecución política

Martínez destacó que, contrario a la violación de garantías constitucionales, Panamá como todos los países de América Latina prevé en su Constitución el derecho a la propiedad y este es un derecho que el Estado panameño deber reconocer y proteger, pero, única y exclusivamente en la medida de que sea legalmente adquirido.

Para el vice fiscal, resulta paradójico que una persona que tiene un bien que en realidad no fue adquirido legalmente, alegue un derecho constitucional, como mampara para evitar que se persiga este bien que ha sido adquirido ilegalmente.

En cuanto a la supuesta persecución política que aducen podría ocurrir con una ley de este tipo, dijo que este es un argumento recurrente en todos los países donde se ha discutido la citada norma.

Por otro lado, la extinción de dominio al apuntar a quitarle el poder económico a las organizaciones criminales, reduce la posibilidad de cooptación del Estado, es decir,  la posibilidad de que dichas organizaciones se tomen una parte del aparato estatal.

Para esto hay que “sanear el estado, evitando que estas estructuras criminales lleguen hasta aquí y para ello, hay que desarticular el aparato financiero que así se los pueda permitir”, advirtió.

La figura de la extinción de dominio inició en Colombia en el año 1996 y desde entonces ha venido en franca expansión, hoy día casi todos los países de Latinoamérica implementan esta figura, siendo los casos más recientes de su implementación, en Ecuador y República Dominicana.

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