Etiquetado nutricional de bebidas azucaradas debe estar en idioma español
La obligación de incorporar el etiquetado nutricional en idioma español, en todas aquellas bebidas azucaradas que sean comercializadas en el país, fue promulgada este martes a través del Decreto Ejecutivo N° 219 del 18 de agosto de 2020.
La medida que reglamenta el etiquetado nutricional de las bebidas azucaradas en idioma español, aplica para todos las bebidas azucaradas nacionales e importadas, no alcohólicas con azucares libres añadidos o edulcorantes calóricos añadidos.
Así las cosas, para que estas bebidas puedan comercializarse y estar a disposición de los consumidores, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- En el caso de los productos importados, la empresa importadora y/o distribuidora deberá actualizar, ante la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, aquellos productos cuya etiqueta sobre contenido nutricional aparezca en un texto distinto al idioma español.
- En el caso de las bebidas producidas en el territorio nacional, cuya etiqueta sobre contenido nutricional aparezca en un texto distinto al idioma español, le corresponderá al fabricante realizar la actualización presentando la etiqueta complementaria correspondientes,
- La etiqueta deberá reflejar en su totalidad y con exactitud la versión traducida al español, de la información en la etiqueta original.
- El incumplimiento a estas disposiciones dará lugar a la imposición de las sanciones correspondientes, a través de las autoridades competentes. Vea el decreto completo aquí