Minsa prohíbe actividades que conlleven aglomeraciones en lugares públicos y comerciales
A través de la Resolución 1386 del 11 de diciembre de 2020, el Ministerio de Salud prohibió la realización de toda actividad que conlleve aglomeraciones en lugares públicos, comerciales y de cualquier índole, a fin de mitigar la propagación de la COVID-19.
Las reuniones laborales solo se permitirán con la participación de un máximo de 10 personas, siempre que cumplan con el distanciamiento de 2 metros y las demás medidas de bioseguridad.
Para velar con el cumplimiento de estas nuevas restricciones, el Minsa en coordinación con los estamentos de seguridad, y la Fuerza de Tarea Conjunta, velará por el establecimiento de las medidas establecidas y dispersará a las personas que ocasionen aglomeraciones,