Mitradel publica decreto sobre 'modificación o reducción temporal' de la jornada laboral
El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) publicó en Gaceta Oficial el decreto que “Que convierte en norma de carácter obligatorio acuerdos de la mesa tripartita de diálogo para la economía y el desarrollo laboral, en materia de la jornada de trabajo”.
El Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 101 del 13 de julio de 2020, señala que “el acuerdo de modificación o reducción temporal de la jornada de trabajo, que incluye convenir métodos para lograr la recuperación gradual de la jornada de trabajo a los niveles existentes antes de la crisis, no afectará la rata por hora pactada en el contrato de trabajo vigente”.
El Artículo 2 expresa que el acuerdo de modificación o reducción temporal de la jornada de trabajo, tendrá una disminución máxima del cincuenta 50% de las horas de trabajo por mes.
Estos acuerdos, señala el decreto, no se extenderán más allá del día 31 de diciembre de 2020.
También establece que los descuentos y retenciones legales serán ajustados de conformidad con el salario que resulte de la modificación de la jornada de trabajo acordada.
El Artículo 5 indica que durante la vigencia del acuerdo de “modificaciones temporales de la jornada laboral de trabajo”, las empresas podrán contratar trabajadores, siempre que dichas contrataciones se refieran a posiciones nuevas, para las cuales no se cuente con personal antes del acuerdo de reducción.
Luis Eduardo Valle, especialista en Derecho Laboral, indica que entre las novedades que aporta el decreto está la reducción hasta del 50%, la cual no se había establecido en el decreto previo, emitido durante la pandemia.
Valle considera que el decreto logra establecer un ingreso fijo mínimo, aunque señala que podría complicar a empresas que no tienen capacidad de cumplir con este porcentaje, y por lo tanto no podría activarse completamente.
Para Valle también es importante que el decreto limita las contrataciones "a menos que sean de posiciones nuevas cuando se tiene reducción de la jornada y deben ser notificadas al sindicato".
“No es la intención del Ministerio que se contrate personal para posiciones, donde tienen colaboradores con jornadas reducidas. La idea es que entonces le sumes horas de trabajo al trabajador que ya tienes en reducción de jornada ”, expresó Valle.
Para el jurista, otro de los retos es ver qué empresas pueden mantenerse sustentables, sin tener que reducir más personal.
El pasado 1 de julio, la Ministra de Trabajo, Doris Zapata, indicó que tras los acuerdos de la mesa tripartita lo que quedaba era hacer la "reglamentación correspondiente".
La ministra presentó este lunes 13 de julio, en la Asamblea Nacional un proyecto de ley que establece medidas temporales de protección del empleo en las empresas afectadas por la COVID-19.
Conozca el decreto que regula la reducción de las jornadas de trabajo.