Migración deportó a más de 600 personas en lo que va del año

Deportados

Deportan a extranjeros que incumplen con ley migratoria / Cortesía/Migración
Arellys Marquínez - Periodista/Redactora
24 2023 - 15:35

Panamá/Por incumplimiento de las regulaciones de la Ley Migratoria, el Servicio Nacional de Migración (SNM) informó que, a la fecha, han logrado deportar y expulsar a más de 600 personas.

En el artículo 50 del Decreto Ley No. 3 del 22 de febrero de 2008, se establece las causas por las que el SNM podrá negar la admisión de ingreso o tránsito al país de personas extranjeras.

Con las deportaciones realizadas en horas de la mañana de este 24 de noviembre, se llegó a la cifra de 602 personas inadmitidas desde enero 2023. Las expulsiones realizadas en el día de hoy, estuvieron a cargo del SNM y Servicio Nacional Aeronaval (Senan). Las personas de nacionalidad colombiana ingresaron al país de forma irregular y no contaban con el perfil humanitario. En total, fueron 5 ciudadanos colombianos y expulsión de 2 personas extranjeras del mismo origen, los cuales tenían antecedentes penales por los delitos de hurto agravado y posesión ilícita de armas de fuego.

Según cifras oficiales de la institución, a las 602 personas extranjeras se les han aplicado medidas propias de la ley migratoria, de las cuales 444 corresponden a deportaciones y 158 a expulsiones.

Causas de inadmisión

El artículo 50 le permite al SNM negar el ingreso o tránsito de cualquier extranjero, además podrá revocarle la visa o permiso, en los siguientes casos:

1. Existencia de una orden de autoridad competente que impida su entrada.

2. Presentar a la autoridad competente, documentación nacional o extranjera, material o ideológicamente fraudulenta o adulterada, con el propósito de obtener la visa de ingreso al territorio nacional.

3. Intentar ingresar al territorio nacional con un documento que no cumple con los requisitos que exige la legislación vigente.

4. Tener antecedentes penales del país de origen o procedencia.

5. Constituir un riesgo o amenaza a la seguridad nacional o a la comunidad internacional.

6. Padecer de alguna enfermedad que el Ministerio de Salud califique como riesgo sanitario, o provenir de un país o región que la Organización Mundial de la Salud o la Organización Panamericana de la Salud hayan declarado de alto riesgo epidemiológico.

7. Haber sido deportado o expulsado del país y la orden se mantiene vigente.

8. Infringir el presente Decreto Ley o su reglamentación. 

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