Matrimonio igualitario es un tema de derecho no de fe, señala activista

Expertas hablan sobre la necesidad de que se legisle sobre el matrimonio igualitario

“Tengo 36 años de casada y un hijo. ¿Por qué voy a privar a otro ser humano de hacer también su familia?”, se pregunta la socióloga Celia Moreno cuando habla del matrimonio igualitario.

El tema ha generado debate en Panamá, a la luz de la presentación de la segunda demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 26 del Código de Familia, que antes no contemplaba y que a partir de 2013 prohíbe los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Moreno estudia este tipo de temas con frecuencia. Para ella es cuestionable que a una pareja se le limite el derecho a casarse por lo civil –es decir, ante un juez-, tomando en cuenta la explicación histórica del matrimonio.

“El matrimonio inicialmente era una unión civil entre poderosos. No es hasta el año 1,215, con el concilio del Letrán –convocado por el papa Inocencio III- que la Iglesia católica aprueba el matrimonio y pasa a ser un sacramento”, dijo Moreno este miércoles en Noticias AM.

“El matrimonio ha tenido una evolución en el tiempo: era una transacción mercantil entre las partes, para garantizarse bienes, y eran alianzas para expandir territorios y poder político”, agregó.

La visión del Estado panameño

Para ella, entonces, más allá de la fe que profese la población, el Gobierno debe atender el principio de Estado laico, que garantiza los derechos de todos los que ampara, “incluyendo las minorías” étnicas, religiosas y sexuales.

Marilyn González, vocera de un grupo llamado Alianza Pro Igualdad, explica que si bien el Código de Familia establece que un matrimonio es entre un hombre y una mujer, la Constitución –de jerarquía superior- no propone limitaciones en cuanto a la orientación sexual de los cónyuges.

“Entonces no puede haber un grupo humano con superioridad sobre los otros”, agrega.

La ausencia de normas que protejan legalmente las relaciones entre homosexuales sí tiene impacto en la vida de esa población.

Las repercusiones legales

“La única forma en que el vínculo entre parejas del mismo sexo pueda tener repercusión legítima es a través del reconocimiento legal y jurídico de un matrimonio. Ayuda en materia de herencia, seguridad social, y en cuestiones fiscales”, explica González.

Así las cosas, sustenta la activista, sin forma de legalizar su convivio –ni siquiera por la figura de la unión de hecho-, los gais y lesbianas no tienen posibilidad de ser asegurados por sus parejas si no trabajan, ante una urgencia no pueden autorizar una intervención quirúrgica de su cónyuge, o si éste es extranjero no puede ayudarle a legalizar su estatus migratorio.

También, sin leyes antidiscriminación, los bancos pueden decidir discrecionalmente si quieren concederle o no créditos de vivienda a una pareja homosexual, aun cuando ésta tenga capacidad financiera y cumpla con el resto de los requisitos.

“El que no reconozcan nuestra familia daña nuestra salud, integridad. Queremos ser reconocidos”, insiste González.

Celia Moreno le apoya: “si un muchacho se casa con su novio, ¿en qué eso afecta mi matrimonio?”, se pregunta. E insiste que “situaciones como el abuso infantil ponen en peligro a la familia, no el matrimonio igualitario”.

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