Conoce más sobre el decreto que establece Reglamentación de Revocatoria de Mandato
El magistrado del Tribunal Electoral (TE), Alfredo Juncá compartió en sus redes sociales, la Reglamentación de Revocatoria de Mandato por iniciativa popular para cargos de elección popular sujetos a ella, que fue aprobada mediante decreto 49 de 24 de noviembre de 2020.
Entre otros puntos, esta reglamentación establece en su artículo 1, el procedimiento para solicitar por iniciativa popular la revocatoria de mandato de los diputados electos por libre postulación, alcaldes, concejales y representantes de corregimientos postulados tanto por partidos políticos como por libre postulación.
La revocatoria va dirigida en contra del funcionario que esté en el ejercicio del cargo, sea principal o suplente.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 2, podrá solicitar la revocatoria y firmar en respaldo de la solicitud o después de emitida, cualquier ciudadano que tenga vigente su documento de identidad personal al momento de dar su respaldo y que aparezca en el padrón electoral de la elección en la cual fue electo el funcionario objeto de la revocatoria, haya o no ejercido el sufragio en dicha elección.
De acuerdo con Juncá, quienes estén interesados en obtener más detalles sobre la misma, deben comunicarse con la dirección de organización electoral.