Ricardo Martinelli cuestiona a testigos, pide acumular casos New Business y Odebrecht
Ricardo Martinelli
Ciudad de Panamá, Panamá/La defensa legal del expresidente Ricardo Martinelli en el escrito de apelación contra la sentencia de 128 meses de prisión en el caso New Business dictada por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales, busca que dicho proceso sea acumulado con el expediente Odebrecht. Además el escrito objeta las declaraciones de testigos, peritos y el impedimento de interrogar a los testigos protegidos.
El recurso fue presentado por el abogado Luis Eduardo Camacho González, y sostiene que la acumulación de ambos expedientes donde el expresidente Martinelli es señalado por la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales.
También manifiesta que ambos expedientes se encuentran en la misma etapa procesal y considera que existen todos los presupuestos necesarios para que sea ordenada la acumulación de los dos sumarios en concordancia del principio de economía procesal debe accederse a la misma para evitar la existencia de nulidad.
Agregó que ambos procesos estaban para la realización de audiencia plenaria y surtiéndose trámites de pruebas.
Actualmente es de conocimiento público que el caso New Business superó la fase de juicio, donde Martinelli se encuentra condenado en primera instancia.
Mientras que el caso Odebrecht, se encuentra en la fase admisibilidad de pruebas para el juicio que es el próximo 27 de septiembre.
Camacho González apunta que durante toda la investigación el Ministerio Público tenía pleno conocimiento de su condición de miembro del Parlamento Centroamericano cuando se practicaron algunas pruebas dentro del caso New Business.
Entre las diligencias que objeta es la orden de indagatoria del 30 de junio de 2020, por la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada, pero la misma fue emitida cuando el exmandatario ya había renunciado al Parlacen en 2018.
Otro tema expuesto en el escrito es el principio de especialidad, según la defensa legal de Martinelli, este goza de dicha prerrogativa cuando fue extraditado de Estados Unidos.
Sobre el tema la jueza segunda liquidadora de Causas Penales, Baloisa Marquínez ha indicado mediante decisión judicial que Martinelli gozaba de dicho principio del 11 de junio de 2018 al 17 de febrero de 2020, en consecuencia no se encuentra amparado con ese tema.
Testigos
La defensa legal del exmandatario, sostiene que la jueza Marquínez violó las garantías fundamentales impidiendo el interrogatorio a testigos protegidos identificados como N-FECDO-01-2020 y N-FCDO-10-2020, durante la celebración del juicio entre mayo y junio pasado.
Al respecto, la jueza advirtió que la declaración de los testigos estaba en el expediente, que eso lo sabían los abogados defensores y que los testigos fueron debidamente citados por el MP, pero no era necesario que ambos comparecieran al acto de audiencia ya que, el mismo no se realizó bajo las normas del sistema penal acusatorio donde es obligante que todas las actuaciones de las partes en un juicio, se hacen bajo la oralidad, en cambio, en el sistema inquisitivo mixto las declaraciones indagatorias (bajo juramento) de los testigos tienen carácter probatorio.
Otra de las declaraciones objetadas fue la participación del perito Eliseo Ábrego, autor del informe de actuación financiera de la sociedad New Business Services, que fue la cuenta canasta que recibió los dineros presuntamente provenientes de contratos de obras con el Estado utilizados para la compra de la Editora Panamá América S.A. (Epasa).
En el escrito de apelación se plantea que dicho informe carece de rigor científico, que el perito Ábrego mostró desconocimiento de la materia tratada en su informe, considera que no realizó las verificaciones necesarias para complementarlo e incurrió en numerosas contradicciones durante el contrainterrogatorio realizado por los abogados defensores en la audiencia ordinaria.
Condenados
Mediante la sentencia mixta del 17 de julio de 2023, el juzgado de la causa además impuso condena contra Janeth Vásquez Sanjur a 60 meses de prisión; Iván Arrocha Chevalier a 70 meses de prisión; Valentín Martínez Vásquez a 80 meses de prisión y Daniel Miguel Ochy a la pena de 96 meses de prisión. Estas personas también presentaron su recurso de apelación que tendrá que ser resuelto por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales.
En otro sentido, el juzgado decretó la absolución a favor de Iván Clare Arias, Aaron Ronny Mizrachi, Gonzalo Germán Gómez, Nicolás Corcione Pérez Balladares, Vernon Salazar Zurita, Salomón Btesh Btesh, Jack Btesh Hazan, Leo Cohen Mugrabi, José Carlos Pérez Balladares y Marcos Ángel Acrich.