Absuelven a ocho personas en el caso de la muerte de varios neonatos en la Caja de Seguro Social

Caso de Neonatos

Ocho personas quedan absueltas pasados nueve años de la muerte de varios neonatos en la CSS
Ocho personas quedan absueltas pasados nueve años de la muerte de varios neonatos en la CSS / Foto/Archivo

Luego de 9 años, ocho acusados por el delito contra la vida e integridad personal, en la modalidad de homicidio culposo, en perjuicio de nueve recién nacidos, fueron absueltas tras una sentencia dictada el Juzgado Tercero Liquidador Adjunto de Causas Penales de Panamá.

El juzgado también declaró extinguida la acción penal en contra de una acusada ya fallecida, levantó las medidas cautelares impuestas a los procesados como consecuencia de la presente causa penal y levantó la suspensión provisional del cargo a otros dos funcionarios.

Cabe recordar que la causa penal inició tras una denuncia interpuesta ante la Fiscalía Auxiliar de la República sobre las defunciones de infantes prematuros en el año 2013.

Fue específicamente desde el 11 de junio de 2013, cuando empezaron a ser reportadas las muertes de varios infantes en la Sala de Neonatología del Complejo Hospitalario de la Caja de Seguro Social (CSS).

En ese entonces se había informado que la necropsia efectuada a los cuerpos había revelado que la

causa de los decesos fue por el suministro de alcohol bencílico.

Sin embargo, el juez tercero liquidador adjunto del primer circuito judicial, Fernando Basurto García, al estudiar el expediente y escuchar a las partes, consideró, en cada caso, que no existe ninguna vinculación de los acusados con el hecho punible, ya que ninguno de ellos tuvo participación directa con el tratamiento recibido por los recién nacidos.

Concluyó el tribunal que las pruebas presentadas por el Ministerio Público con las cuales pretende demostrar la responsabilidad penal de los procesados resultan insuficientes, pues en favor de ellos aplican los razonamientos que se hicieron por, supuestamente, haber faltado a su deber de cuidado, cuando la heparina sódica era un medicamento debidamente aprobado por la Comisión de Medicamentos de la Caja de Seguro Social desde el año 1969, sin que se hiciera advertencia alguna sobre el contenido de alcohol bencílico en este medicamento, el cual fue actualizado en diversas ocasiones sin que se hiciera advertencia alguna sobre su uso.

Por otro lado, la necropsia indica que los nueve neonatos, cuyo peso al nacer no llegaba a los 2.5 kilos, fallecieron por distintas causas, entre estas, hemorragias intracerebelosas, coagulación intravascular diseminada, prematuridad, sepsis, neumonía bilateral, bronconeumonía lobar, hematoma subdural agudo y falla respiratoria aguda, pero que en todos se encontró el alcohol bencílico.

La audiencia se inició el pasado 25 de abril e intervinieron ocho defensores técnicos particulares y tres abogados querellantes.

El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal de descarga de circuito César Pereira.

El expediente cuenta con 66 tomos y 36,678 fojas. El juzgador se acogió al término que dictamina la ley para emitir su sentencia de 47 páginas.

Si te lo perdiste
Lo último
stats