Operación Jericó y la supuesta vinculación con el diputado Pineda
Víctor Orobio, abogado del diputado Pineda, acudió hoy 12 de noviembre a la Corte para conocer sobre el proceso.
Ciudad de Panamá, Panamá/¿Qué información contienen los documentos que la Fiscalía Primera de Drogas remitió a la Corte Suprema de Justicia que presuntamente relacionan al diputado de la Asamblea Nacional (AN), Raúl Pineda, a la operación Jericó?
Entre la información que fue enviada se encuentran transcripciones de conversaciones que algunos de los 37 imputados presuntamente hayan tenido con el miembro de la Asamblea; elementos que previamente fueron captados mediante interceptaciones telefónicas, legalmente autorizadas por un juez de garantías, informaron fuentes judiciales.
Otros de los detalles que guardan en los cuadernillos entregados al Pleno de la Corte, el pasado 7 de noviembre, son comunicaciones donde supuestamente se identifican a Abraham Rico Pineda, hijo del diputado Pineda, en las que presuntamente se habla de un tema del uso de dinero utilizado para pagarle a personas que participaron en las elecciones generales de mayo de 2024. Según la fuente, se trataba de la movilización en las comunidades donde había poco movimiento electoral.
En esa misma fecha se efectuaron los repartos de expedientes para los magistrados del pleno de la CSJ, y para este caso la magistrada Angela Russo estará como magistrada sustanciadora.
El trámite en estos casos, lo primero que se tiene que debatir entre los nueve magistrados en sesión del Pleno es la admisión o no del caso, previamente que la magistrada sustanciadora presente su proyecto de fallo para esa fase del proceso judicial contra un diputado de la AN.
Según la Fiscalía Primera de Drogas, se trata de un supuesto grupo criminal dedicado al trasiego de sustancias ilícitas desde Colombia con destino a Costa Rica, principalmente por vía terrestre.
Víctor Orobio, abogado del diputado Pineda, acudió hoy 12 de noviembre a la Corte para conocer sobre el proceso y presentar el poder legal para constituirse como su defensa legal en este proceso.
“Se le está denunciando por hechos en los cuales no ha participado y no tiene ninguna incidencia en el tema. Se habla de la operación Jericó, donde se investigan a personas que naturalmente conversan entre ellos, pero que también tienen conversaciones con personas ajenas al objeto de la investigación, si en la eventualidad de que el diputado haya conversado con su hijo, pues esto no constituye un elemento constitutivo de blanqueo de capitales y ningún otro delito. El diputado no tiene contacto, no tiene relación con ninguna de las personas que están siendo investigadas en esa famosa operación Jericó” manifestó Orobio.
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La prueba idónea
Pero esta no es la primera vez, que el MP remite a la Corte una investigación donde es mencionado el diputado Pineda en la denominada operación Jericó. Como ya es conocido, el pasado 11 de julio, la máxima corporación de justicia, bajo la ponencia del magistrado Olmedo Arrocha, no admitió el caso contra Pineda por la operación Jericó al considerar que el Ministerio Público no aportó una relación precisa y clara de los hechos investigados que sugirieron la posible participación del diputado en la presunta comisión de un ilícito. En el documento, los magistrados consideran que la Fiscalía Primera de Drogas debió aportar más elementos que presuntamente den la vinculación al diputado con las pesquisas de la operación Jericó. En esta ocasión la Corte reconoció que la Fiscalía de Drogas le remitió un relato de las diligencias llevadas a cabo, pero advirtió que en dicho relato no se indica de qué manera se configura la comisión de un delito y la participación del diputado.
Al respecto, el exmagistrado de la Corte, Harry Díaz, explicó que la prueba idónea fue introducida por la ley 55 de 2012 durante el gobierno de Ricardo Martinelli y que obviamente es una prueba lo suficientemente contundente que prueba la vinculación del posible procesado con un hecho delictivo, tal es así que con esa prueba idónea se pasa a la acusación directamente.
Díaz agregó que la contundencia de esa prueba idónea no le corresponde al Ministerio Público verificarla. Una vez dentro del proceso que tiene hay un diputado de por medio, tiene que haber una ruptura procesal. El Ministerio Público sigue con los que son procesados y el expediente correspondiente del diputado lo envía a la Corte, que tendrá que decidir si lo admite o no lo admite.
Explicó que en los factores estrictamente de derecho, evidentemente si existe la prueba idónea, o sea que si estas grabaciones de audio hablan de delito y se puede probar que estos delitos se cometieron y vinculan al diputado, evidentemente tienen que admitirlo.
Díaz subrayó que la prueba idónea no es necesariamente que pruebe el delito en sí, pero si tiene que entrever que es posible que se haya cometido un delito y que el vinculado es un diputado, si eso es así, el magistrado que le toque debe admitir el proceso con el resto del Pleno si es en estricto derecho.
En tanto, el exfiscal del Ministerio Público, Giovanni Olmos, es del criterio que la prueba idónea es una evidencia porque según el Sistema Penal Acusatorio no podemos llamarle prueba hasta la fase del juicio oral, es decir que esto ya es una dicotomía.
Agregó que no se puede “exigir a fiscales y jueces que para el caso de diputados se pida prueba anticipada o prueba idónea, cuando en el Sistema Penal Acusatorio se tiene que hablar de elementos de convicción y esto es un indicio de que se ha cometido un delito, es decir que no tiene vigencia ni valor hablar de prueba idónea cuando ya el sistema penal no habla de prueba hasta la etapa de juicio, que es cuando se evacúa la prueba. Porque para una denuncia o una querella no necesariamente tenemos que hablar de prueba”.
“La misma legislación procesal ha flexibilizado el tema de la prueba idónea, entonces, a su manera de ver este tema, se trata de un grave obstáculo a la justicia, tutela judicial efectiva y acceso que debemos tener todos a la justicia y que todo servidor público sea investigado sin necesidad de una prueba idónea", indicó Olmos.
El exfiscal Olmos manifestó que el tema de la prueba idónea es algo que debemos de ir reformando para los efectos de que cualquier persona, no importa si se trata de servidor público o no, sea investigada con los protocolos de investigación que corresponden.
“Así que desde mi perspectiva la prueba idónea es un obstáculo muy fuerte para lograr la justicia que se requiere en casos graves como corrupción, peculado, enriquecimiento ilícito y otros delitos", dijo Olmos.
La exprocuradora, Ana Matilde Gómez, expresó que en efecto, el gran problema de estas investigaciones contra diputados son:
- Que por mandato legal el fiscal debe ser un propio magistrado de la CSJ.
- Que la ley exige la “prueba idónea", y eso puede ser cualquier cosa que dé certeza de la comisión de un delito y es muy discrecional de los propios magistrados.
- Que a los magistrados los investigan los diputados y no hay nada escrito que impida iniciar una investigación contra ellos, incluso contra el mismo magistrado fiscal. 4. Y finalmente, si la causa llega a imputación y a etapa de juicio oral, se necesita una mayoría calificada para lograr la condena.
“Es un reto para el sistema demostrar su eficacia en cualquier proceso contra diputados. Mientras no se reforme la Constitución Política, seguirá existiendo un gran reto para la justicia de alto perfil", agregó Gómez.