New Business: Fiscalía presenta recurso de hecho luego de que no aceptaran apelación

Caso New Business

Corte Suprema de Justicia
Corte Suprema de Justicia / Foto/Archivo

Ciudad de Panamá, Panamá/Luego de que el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales declarara extemporáneo el anuncio del recurso de apelación presentado por la Fiscalía Contra la Delincuencia Organizada, esta presentó otro recurso para revertir esta decisión.

Se trata de un recurso de hecho que busca que se acepte la apelación, ahora el Tribunal Superior de Liquidación deberá decidir si procede o no la apelación de la Fiscalía contra la absolución de un grupo de personas en el caso New Business.

Según el juzgado, al vencer el tiempo para anunciar la apelación la Fiscalía perdió su oportunidad, indicó en un informe secretarial que el fiscal Márquez anunció la apelación vía correo electrónico el viernes 21 de julio de 2023 aunque no se trata de un expediente electrónico. Fue hasta el 24 de julio de 2023 que la fiscalía presentó el escrito de anuncio de apelación formalmente.

Sin embargo, ahora la Fiscalía no coincide con esta decisión del juzgado porque asegura que la notificación del fallo se la hicieron vía correo electrónico basado en ese criterio anunció la apelación a través de medio electrónico.

Aquí puede observarse un extracto del comunicado oficial que envió el Ministerio Público al respecto: "Esta sentencia fue notificada por el Juzgado a la Fiscalía el martes 18 de julio de 2023, conforme lo establecido en el artículo 6 de la Ley 75 de 18 de diciembre de 2015, “que adopta medidas para la informatización de los procesos judiciales”, según el cual, “todas las comunicaciones entre el Órgano Judicial, las entidades del Estado, sus usuarios o los particulares se harán preferentemente por medios electrónicos y tendrán la misma validez que las realizadas en soporte de papel”.

La Fiscalía considera que la declaratoria de extemporaneidad emitida por el Juzgado Segundo se fundamenta en la inaplicabilidad de la Ley 75 de 18 de diciembre de 2015, aún cuando el ente jurisdiccional, conforme al artículo 6 de dicha ley, realizó las notificaciones procesales de la causa a través del sistema electrónico.

El Ministerio Público manifestó que respetan el debido proceso legal y las instituciones democráticas del Estado Social de Derecho, Sin embargo, la entidad reiteró que el procedimiento utilizado por la Fiscalía para anunciar el recurso de apelación, está basado en la misma ley que aplicó el Juzgado, y al no coincidir en esta oportunidad con el criterio del Tribunal, ensayará la revisión de lo actuado con los recursos que dispone la Ley.

Absueltos y sentenciados

En el fallo mixto del 17 de julio de 2023, la juez Marquínez dictó absolución para Iván Clare Arias, Aaron Ronny Mizrachi, Gonzalo Germán Gómez, Nicolás Corcione Pérez Balladares, Vernon Salazar Zurita, Salomón Btesh Btesh, Jack Btesh Hazan, Leo Cohen Mugrabi, José Carlos Pérez Balladares y Marcos Ángel Acrich.

En el mismo fallo fueron sentenciados: Ricardo Martinelli, Daniel Ochy, Janeth Vásquez Sanjur, Iván Arrocha Chevalier y Valentín Martínez Vásquez. Los abogados de estos procesados presentaron el recurso de anuncio de apelación, algunos tienen hasta el viernes para entregar el escrito de sustento del referido recurso.

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