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San Miguelito, Panamá/La sección de delitos contra la libertad e integridad de la Fiscalía Regional de San Miguelito logró la medida cautelar de detención provisional para un hombre de 21 años de edad, tras legalizarse la aprehensión e imputación de cargos por la supuesta comisión del delito de violación agravada, en perjuicio de una menor de 12 años.
La fiscal Virginia Escobar, en el desarrollo de la audiencia, se basó en la solicitud de medida cautelar por los riesgos procesales como el peligro que representa el imputado para la víctima y con ello la gravedad del delito.
Además, Escobar, señaló ante el juzgado de garantías que esto se trató de un hecho grave, al considerar que la víctima es menor de 14 años de edad. Además, el imputado abusó en su condición de ventaja, ganándose la confianza de la misma.
Según información del Ministerio Público, este hecho ocurrió desde el 2023 hasta el mes de mayo de 2024, en la residencia del imputado, ubicada en el corregimiento de José Domingo Espinar, quien conoció a la menor a través de redes sociales y la incitaba a que se fugara de la escuela o se escapara de la casa para irse juntos a un río; lo que fue descubierto por familiares de la menor.
De acuerdo con el artículo 174 del Código Penal de Panamá, quien mediante violencia o intimidación tenga acceso carnal con persona de uno u otro sexo, utilizando sus órganos genitales, será sancionado con prisión de siete a doce años. También se impondrá esta sanción a quien se haga acceder carnalmente en iguales condiciones.
Se impondrá la misma pena a quien, sin el consentimiento de la persona afectada, le practique actos sexuales orales o le introduzca, con fines sexuales, cualquier objeto o parte de su cuerpo no genital, en el ano o la vagina.
La pena será de diez a doce años de prisión, en cualesquiera de las siguientes circunstancias:
La pena será de doce a dieciocho años, si la violación la comete, a sabiendas de su situación, una persona enferma o portadora de enfermedad de transmisión sexual incurable o del virus de inmunodeficiencia adquirida.
Artículo 175: Las conductas descritas en el artículo anterior, aun cuando no medie violencia o intimidación, serán sancionadas con prisión de diez a quince años si el hecho se ejecuta:
Según datos del Ministerio Público, en denuncias por los delitos contra la libertad e integridad sexual, a través del Sistema Penal Acusatorio, el distrito de San Miguelito para el año 2023 arrojó una cifra de 156 denuncias, por lo que para el 2024 disminuyó a 125 las denuncias contabilizadas. En su variación porcentual arroja un -20% en comparación de años.