'El contralor puede auditar las planillas de la Asamblea, sin autorización de la Corte'
El fallo de la Corte Suprema rechazó el amparo de garantías que interpuso la presidenta de la Asamblea, Yanibel Ábrego.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), en una decisión mayoritoria, concluyó que la Contraloría General de la República no requiere aprobación de ninguna autoridad judicial, para realizar auditorías a las planillas que gestionan los diputados de la Asamblea Nacional.
Esta fue la conclusión que se dio en el fallo, fechado 13 de septiembre del año pasado, (y que se dio a conocer esta semana), en el que se negó el amparo de garantías que presentó la diputada presidenta de la Asamblea, Yanibel Ábrego, pidiendo anular la orden de auditoría a la planilla 080 sobre "Gratificaciones, incentivos y otros servicios personales".
Según los magistrados de la Corte, desde la creación de la Constitución en 1941, el contralor Federico Humbert, está facultado para "fiscalizar y regular, mediante control previo o posterior" el manejo de los fondos públicos en todos los órganos del Estado, municipios, juntas comunales, empresas estatales, entidades autónomas o semiautónomas, en el país o en el extranjero.
El fallo, que tuvo la ponencia del magistrado Cecilio Cedalise, señala que la auditoría que ordenó Humbert, no estaba dirigida a investigar a un diputado en particular, por lo que no se requiere autorización de la Corte.
Advirtieron que de resultar elementos que sugieren la comisión de un delito penal o administrativo, entonces si corresponde la investigación a la Corte.
La diputada Ábrego interpuso el amparo de garantías en la Corte, luego que el personal de Auditoría Forense de la Contraloría, se presentó a la Asamblea Nacional el 16 de mayo de 2018, para iniciar la auditoría a la planilla 080.
Sin embargo, el personal de Contraloría no se le permitió realizar el audito, porque la presidenta de la Asamblea, presentó el recurso legal que ahora es resuelto por la Corte.
Junto a Cedalise apoyaron el fallo, los magistrados Secundino Mendieta (suplente de Hernán de León), Luis Ramón Fábrega, Jerónimo Mejía y Oydén Ortega.
Ortega emitió un voto concurrente, en el que apoyó la decisión, pero dio explicaciones adicionales sobre el tema.
Por su parte, los magistrados Wilfredo Sáenz (suplente de Harry Díaz), Ángela Russo y José Ayú Prado, se abstuvieron de votar porque consideran que en el fallo, no se explicó en forma clara los alcances de una auditoría general y una auditoría forense.
Mientras que el magistrado Abel Zamorano, emitió un salvamento de voto, por las mismas razones que los anteriores, es decir, que no se definió lo que implica una auditoría ordinaria y una auditoría forense.
El fallo está siendo notificado mediante edicto público en la Secretaría General de la CSJ.
Una vez se cumplan las notificaciones, tanto a la presidenta de la Asamblea, como al contralor Humbert, la decisión queda en firme y se hace oficial.
Y posteriormente, la Contraloría podrá realizar las auditorías correspondientes, a pesar de que el próximo 30 de junio, concluye el actual periodo gubernamental.