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Expectativa por el veredicto en caso 'pinchazos'

Expectativa por el veredicto en caso 'pinchazos'

Este viernes 9 de agosto, a las 5:00 p.m. fueron citados las parte involucradas, para la lectura del veredicto del Tribunal de Juicio en el caso 'pinchazos' contra el expresidente Ricardo Martinelli.

El Tribunal de Juicio Oral, integrado por los jueces Roberto Tejeira, Arlene Caballero y Raúl Vergara, se declaró en sesión permanente el pasado jueves 8 de agosto; hasta a las 5:00 p.m.

El presidente del tribunal, Roberto Tejeira, al finalizar de escuchar los alegatos finales, a las víctimas y al propio acusado indicó que: "hemos pasado 4 meses y medio, que han tenido inconvenientes y desfases, pero se resolverá como todas las causas que llegan al Sistema Penal Acusatorio".

Entre las víctimas de escuchas telefónicas que acudieron se encuentran la excandidata presidencial, Balbina Herrera; el exministro de Trabajo, Reynaldo Rivera; Mitchell Doens, Aurelio Barría, el exdiputado Yassir Purcait, Francisco Sánchez Cárdenas y el periodista Rubén Polanco.

Entre fiscalía y querellantes se presentaron a 42 testigos y 50 pruebas materiales. La defensa aportó 5 testigos y 26 pruebas documentales. Todas las pruebas entraron por oralidad.

En la audiencia de este jueves se dieron los alegatos finales de la fiscalía, querellantes y defensa. Además se dio la oportunidad de hablar a las víctimas y al acusado Ricardo Martinelli.

Contra Martinelli se pide condena de 21 años de cárcel por 4 delitos.

  1. Inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad - 4 años de prisión.
  2. Seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial - 4 años de prisión.
  3. Por sustracción o malversación - 10 años de prisión.
  4. Por peculado de uso - 3 años de prisión.

Si Martinelli es encontrado responsable de los cargos entonces los jueces tendrían que aplicar una condena de prisión, pero la cantidad de años se conocería en un término de 10 días hábiles.

No obstante, si los jueces absuelven al expresidente este quedaría libre aunque el fallo sea impugnado. El artículo 2414 del Código Procesal Penal señala que si la sentencia fuese absolutoria, la apelación no impedirá que el reo sea puesto inmediatamente en libertad.

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