Hurtado deberá ser puesta a órdenes de Migración, de ser detenida
Luego de que la Cancillería de Panamá negara por segunda vez la solicitud de extradición a Colombia, la exjefa del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (Das) colombiano, María del Pilar Hurtado; de ser detenida en nuestro país deberá ser puesta a órdenes del Servicio Nacional de Migración, según la ex subdirectora de esa entidad migración Tayra Barsallo.
“Dentro de sus facultades se le permite aplicar a estatus migratorio, se puede tomar la decisión de deportarla o expulsarla, o ella puede escoger dentro de los 7 primeros días tras su detención, salir voluntariamente” del país, explicó la exfuncionaria.
La resolución de la Cancillería se basa en que las leyes panameñas y convenios internacionales impiden a Panamá conceder una extradición que ha sido negada anteriormente con los mismos fundamentos.
El jurista Silvio Guerra explicó que “Panamá como Estado no puede alegremente acceder a solicitudes de extradición o a pedidos de entrega inmediata (de Hurtado) porque tiene un blindaje” basado en leyes internacionales de 1928.
La exdirectora del Das no tiene status de asilada en Panamá ni tampoco se tiene orden de detención de la Interpol para detenerla.