Gobierno adiciona artículo en resolución sobre equiparación de educación y experiencia
La equiparación de la educación formal con la experiencia laboral previa en el sector público, no aplicará para las profesiones amparadas por leyes especiales o en las que se exija idoneidad para su ejercicio.
En Gaceta Oficial, se promulgó la adición del artículo 5 a la Resolución No. 69 de 6 de agosto de 2019 y donde el Consejo de Gabinete busca aclarar las inconformidades manifestadas por gremios, asociaciones y ciudadanos.
Con el artículo adicional, la resolución de equiparación no incluirá las siguientes profesiones: médicos, enfermeras, psicólogos, médicos, veterinarios, abogados, ingenieros, arquitectos, docentes y otras profesiones amparadas por leyes especiales o exigencia de idoneidad.
La Resolución de Gabinete 69 del 6 de agosto de 2019, modifica el manual general de clases ocupacionales del sector público y manuales institucionales "para equiparar la educación formal necesaria con la experiencia laboral previa, en las clases ocupacionales de los niveles 0101 al 0601.
Luego de su publicación, varios gremios profesionales comunicaron su rechazo a la resolución y pidieron aclaraciones al gobierno del presidente de la República, Laurentino Cortizo.
El vicepresidente de la República, José Gabriel Carrizo, explicó que la medida aplicaría solo para aquellas personas que han ocupado cargos por 20 o 25 años y que han dedicado su vida a una institución pública y que por no poseer un título universitario no pueden ascender a una posición en la que no se requiera idoneidad.