El presidente Mulino y funcionarios de diversas entidades presentan su declaración jurada de intereses particulares
En caso de no haber cumplido con la presentación de estas declaraciones, a los funcionarios se les inicia un proceso administrativo, que trae como consecuencia sanciones pecuniarias equivalentes de hasta el triple del salario.
Ciudad de Panamá/El presidente José Raúl Mulino y otros funcionarios de alto nivel, entre ellos ministros, viceministros, diputados y directores de diversas entidades, presentaron este martes 7 de enero, su declaración jurada de intereses particulares ante la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai).
Todos estos funcionarios son sujetos obligados a presentar esta declaración y tendrán hasta el 16 de enero para presentar las mismas. El trámite responde a la Ley No. 316 de 2022 de conflicto de interés.
Luego del periodo habilitado para presentar esta declaración, se establece un plazo de 60 días para que la Antai verifique la información registrada por los sujetos obligados.
Un sujeto obligado es cualquier servidor público, que sea máxima autoridad de su institución, así como agentes de manejo de sus entidades. A pesar de que se trata de un documento que regula situaciones de conflicto de intereses en la función pública, la información ofrecida por parte de los funcionarios es de carácter privado.
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En caso de no haber cumplido con la presentación de estas declaraciones, a los funcionarios se les inicia un proceso administrativo, que trae como consecuencia sanciones pecuniarias equivalentes de hasta el triple del salario; incluso puede darse la suspensión del funcionario público.
¿Qué incluye la declaración jurada de intereses particulares?
La Ley 366 de 2022 establece en su artículo 18 que la declaración debe incluir lo siguiente:
- Nombre completo del declarante, cédula de identidad personal, función e institución en donde desempeña el cargo.
- Actividades profesionales, financieras, laborales, económicas, gremiales, personales o de beneficencia, sean o no remuneradas, que realice o en que participe el declarante, incluidas las realizadas en los doce meses anteriores a la fecha de asumir el cargo.
- Derechos de aprovechamiento de concesiones públicas de que sea titular el declarante, contrataciones con el Estado, así como la calidad de proveedor de este.
- Cualquier relación de trabajo o empresarial que, en el último año calendario, haya mantenido con personas, naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, que reciban o presten servicios, que sean titulares de concesiones sobre recursos y bienes pertenecientes al patrimonio público, que contraten con la institución en que el servidor público desempeña sus labores o sean fiscalizados o inspeccionados por esta.
- Cualquier regalo o conjunto de regalos recibido en el último año calendario que pprovengade personas o empresas no familiarmente vinculadas, excepto aquellos recibidos de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o de su cónyuge.
- Toda clase de acciones o derechos, de cualquier naturaleza, que tenga el declarante en sociedades, fundaciones, fideicomisos, constituidos tanto en Panamá como en el extranjero. Se deberán aportar los datos de la razón social, domicilio y datos para ubicar a la persona jurídica donde posea tales derechos o acciones.
Adicionalmente, los sujetos obligados, al efectuar la declaración jurada de intereses, podrán declarar voluntariamente todas otras posibles fuentes de conflictos de intereses, distintas a las que se detallan en este artículo, así como hechos sobrevinientes.