¿Cómo funciona el acuerdo pactado por el diputado Lázarus para suspender el proceso en su contra?
El proceso contra el diputado Mario Lázarus quedará suspendido por tres años, tras un acuerdo de resarcimiento económico. El Sistema Penal Acusatorio (SPA) permite este tipo de acuerdos.
Sobre la suspensión del proceso, el Código Penal establece una serie de requisitos en el artículo 215. El primero de ellos estipula que debe tratarse de un delito que admita la suspensión condicional de la pena. El segundo requisito es que el imputado haya admitido la pena, como fue el caso de Lazarus.
El tercer requisito es que el imputado haya convenido en la reparación de daños causados.
El caso más reciente es el del diputado Lazarus quien cumplió con los requisitos exigidos por la ley para que su caso fuera suspendido por 3 años.
“Pareciera que cuando se acoge este tipo de acuerdos, el Estado renuncia a su potestad punitiva y da paso al resarcimiento de la víctima. Es poner en la balanza que pesa más, el poder punitivo del Estado o el resarcimiento de la víctima. Lo ideal sería buscar un equilibrio”, expuso el abogado Eduardo Ulloa.
El artículo 216 detalla las condiciones para la suspensión. La primera precisa que debe residir en un lugar señalado y también prohíbe al acusado frecuentar a determinadas personas.
“La otra condición es que debe permanecer en un domicilio fijo, no debe acercarse a la víctima, ni a sus familiares o testigos. De no cumplir con esto, se reanuda el proceso”, afirmó el abogado querellante Arquímedes Sáens.
De incumplir cualquiera de las decisiones del magistrado juez de garantías, el imputado deberá enfrentar una audiencia de fondo.
Pero, si se cumplen de manera satisfactoria, se decretará extinguida la acción penal y se ordenará el archivo del expediente.