¿En qué situaciones los bancos pueden hacerse del dinero de cuentas para saldar deudas?
Moratoria bancaria
Aunque en el momento actual no sea la mejor de las prácticas, las entidades bancarias sí cuentan con la potestad por medio de cláusulas en los contratos, de sustraer el dinero de las cuentas de los clientes para saldar sus deudas o créditos, así lo indicó la abogada tributaria y consultora financiera, Marta Luna.
Explicó que en el único evento en el que por ley no se permite que con cuentas de ahorros se cancelen créditos es en los procesos de intervención o liquidación, porque todas las personas en una liquidación deben recibir proporcionalmente lo que les corresponde, y si se empieza a compensar deudas con ahorros, les están permitiendo a un grupo sobre el resto de la masa, que participen en privilegios.
De hecho, destaca la consultora, en algunas ocasiones el banco pide al momento de contratar una hipoteca, por ejemplo, que el solicitante abra una cuenta bancaria de donde la entidad se surtirá para el cobro de la mensualidad.
Otras situaciones que podrían presentarse, es que, tras el vencimiento de la moratoria aquellos deudores que no se han acercado al banco y no poseen cuenta de ahorro, la entidad podrá enviar el préstamo con riesgo a un departamento de cobros, posteriormente a legal y luego iniciarán alguna investigación para saber si la persona está trabajando o tienen algún bien para empezar procesos de secuestro.
Todo esto ocurre, porque al no realizar los cobros el banco es obligado por medio de la Superintendencia de Bancos a refondearse, es decir, meter capital para cubrir la cartera morosa.
Para la abogada, la actual crisis no ha generado cambios en las normas crediticias y lo único que ha hecho es dar un plazo para que el banco negocie con sus clientes y además, por un plazo determinado para que pueda tener una cartera tan alta de morosidad.