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Exfiscal explica lo que podría pasar en el caso a Martinelli por los 'pinchazos telefónicos'

Analizan el futuro del caso ‘Pinchazos’ / TVN Noticias

Giovani Olmos, exfiscal del Ministerio Público, explicó que el fallo del Tribunal de Juicio que declara no culpable al expresidente Ricardo Martinelli en el caso de los "pinchazos telefónicos", significa que el tribunal colegiado considera que no puede ser declarado responsable de los cuatro delitos por los cuales se le procesaba.

Agrega que el expresidente no va a tener ningún grado de responsabilidad al momento de la lectura de la sentencia, el próximo 26 de agosto.

Olmos se refirió a la posible presentación del recurso de anulación, que tiene por objeto anular el juicio o según lo que dice el Código Procesal Penal, la sentencia cuando en el pronunciamiento concurran algunas de las causales descritas en el Artículo 172.

Escenario

Dijo que los abogados podrían invocar el numeral 3, que dice que cuando en el pronunciamiento de la sentencia se hubiera hecho una errónea aplicación del derecho.

Olmos detalla que en esa causal se pueden dar dos situaciones, la anulación que se puede dar ante el Tribunal Superior de Apelaciones, el reenvío o la sentencia de remplazo.

Aclara que no es que el Tribunal Superior pueda revocar la decisión que se vaya a dar el 26 de agosto, ya que "no es fácil".

Lo que va a ocurrir es que cuando el Tribunal de Apelaciones, lea la sustentación, puede determinar reemplazo, lo que significaría que se revoca la decisión, pero tiene que ser una causal muy fuerte y eso va a depender de la técnica que usen las partes.

La otra circunstancia que se puede dar, es el reenvío, que puede pasar si el Tribunal Superior considera que hubo un error de derecho en cuanto a la apreciación de las pruebas, donde los jueces podrían determinar que se haga un juicio oral nuevo.

Expresó que hay un reto para la Corte Suprema de Justicia, ya que en la Sala Penal ninguno de los tres magistrados titulares podrá ver el caso, sino los suplentes.

El exfiscal detalla que en la lectura del sentido del fallo va a entrar a evaluar aspectos relativos a violaciones al proceso judicial y legal y además se establecerá un análisis en relación a los elementos de convicción que fueron admitidos en la fase intermedia, pero con los que no se pudo determinar algún grado de responsabilidad.

Afirmó que el Sistema Penal Acusatorio (SPA), según lo que ha visto, no se trata de la acreditación de la verdad material, sino lo que se logró en la producción, reproducción, evacuación, demostración de los elementos convictivos del Tribunal de Juicio.

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