Ejecutivo elimina el Programa de Ayuda Nacional
El Órgano Ejecutivo, a través de un comunicado, señaló este miércoles, que tomó la decisión de eliminar el Programa de Ayuda Nacional (PAN).
A través del Decreto Ejecutivo N° 775 de 12 de noviembre de 2015, el Gobierno por conducto del Ministerio de la Presidencia, crea la Dirección de Asistencia Social (DAS), como parte de su estructura y subroga el Decreto Ejecutivo N° 690 de 22 de julio de 2010, que creó el Programa de Ayuda Nacional (PAN), el cual comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2016 y estará sujeta a los mecanismos de fiscalización de la Contraloría General de la República.
Funciones y estructura de la "Asistencia Social"
Esta nueva legislación que lleva la firma del presidente Juan Carlos Varela y del ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán, determina que la DAS, estará orientada a la adquisición y suministro de bienes y servicios, así como a la ejecución de obras y programas siguientes:
- Realizar acciones tendientes a combatir la pobreza de manera sostenida.
- Socorrer a las personas afectadas por desastres naturales o por catástrofes provocadas por la actividad humana.
Esta dirección, será administrada por un director nacional de libre nombramiento y remoción del presidente de la República, con la colaboración de un Consejo Consultivo.
Por su parte, el Consejo Consultivo estará integrado por: el ministro de la Presidencia, quien lo presidirá; el ministro de Obras Públicas, el ministro de Educación, el ministro de Desarrollo Social y el ministro de Gobierno, o quién ellos designen.
El director de Asistencia Social, podrá asistir con derecho a voz y fungirá como secretario del Consejo Consultivo; en tanto el Contralor General de la República, o quién designe, podrá asistir a las reuniones del Consejo Consultivo, con derecho a voz.
Fiscalización
La DAS, contará con una Oficina Especial de Fiscalización, encargada de verificar que los procesos de compras y contrataciones se realicen conforme a las disposiciones legales aplicables, según señala el Decreto Ejecutivo.
De igual forma, la nueva dirección adscrita a la Presidencia de la República, deberá ajustarse a los procedimientos de contratación pública establecidos en el Texto Único de la Ley 22 del 27 de junio de 2006.
Esta ley establece, las reglas y los principios básicos de obligatoria observancia que regirán los contratos públicos que realice: el Gobierno Central, las entidades autónomas y semiautónomas, los municipios, la Caja de Seguro Social, los intermediarios financieros y las sociedades anónimas, en las que el Estado sea propietario del 51% o más de sus acciones o patrimonio, así como los que se efectúen con fondos públicos o bienes nacionales.
Contrataciones
Le corresponderá al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), según establece la Ley de Contrataciones Públicas, la evaluación y aprobación de las contrataciones mediante procedimiento excepcional, que no sobrepasen los 300 mil dólares.
Por su parte, el Consejo Económico Nacional, deberá evaluar y aprobar las contrataciones mediante procedimiento excepcional, que sobrepasen los 300 mil dólares, sin exceder los 3 millones de dólares.
Mientras, le corresponderá al Consejo de Gabinete, la evaluación y aprobación de las contrataciones mediante procedimiento excepcional, que sobrepasen los 3 millones de dólares.