Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria a un paso de alcanzar su creación
Seguridad Alimentaria
Pleno de la Asamblea Nacional
/ Foto/Asamblea Nacional
Ciudad de Panamá/Con 37 votos a favor fue aprobado en segundo debate, el proyecto de Ley 924, que crea la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria.
Esto, luego de alcanzados acuerdos que permitirán establecer mecanismos de vigilancia oportunos y ágiles que concilien las reglas del mercado con las exigencias sanitarias, lo que conduce a proteger la salud de la población.
Así concluyó la sesión del miércoles 5 de marzo, cuando los votos de 37 diputados avalaron el documento cuyo debate se profundizó el pasado martes.
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La mencionada dirección será la encargada de controlar, vigilar y prevenir, de manera exclusiva y a nivel nacional, los riesgos y daños a la salud que se produzcan en la cadena alimentaria, así como la calidad y seguridad de los alimentos, las zoonosis y la vigilancia veterinaria.
En la estructura directiva y de personal se crean la subdirección de Control y Inocuidad de Alimentos y la Subdirección Nacional de Vigilancia Veterinaria y Zoonosis; y otros departamentos que complementarán la citada entidad.
Modificaciones
Para ejercer el cargo de director y subdirectores, el aporte de los sindicatos involucrados, producto de los convenios con el Minsa, permitió ampliar el campo de requisitos para este cargo; entre ellos podemos mencionar:
Tener título universitario en medicina veterinaria, ingeniero en alimentos o profesional en ciencia y tecnología de alimentos, con especialización en salud pública, alimentos o epidemiología, con idoneidad y experiencia de cinco años, entre otros.
Esta legislación deja claro que todos los alimentos y/o bebidas y productos de higiene, utilizados en la industria alimentaria que sean procesados, envasados, embotellados, envasados y/o que hayan sufrido cualquier transformación en la República de Panamá, deberán contar con su respectivo registro sanitario. . .
La nueva dirección, según especifica la norma, será de carácter especializado dentro del Minsa, con autonomía técnica, científica y administrativa, para la evaluación y gestión de los riesgos de posibles daños a la salud pública.
Esta entidad será responsable de expedir los documentos de autorización sanitaria, suspensión o cancelación de registro, registros sanitarios de alimentos y productos higiénicos, de uso doméstico y en plantas de alimentos, entre otros.
Debido a que las enfermedades y lesiones transmitidas por los alimentos pueden ser graves, fatales o causar efectos negativos a largo plazo en la salud humana, se pueden imponer multas severas por violaciones de los procedimientos.
Se establece una pena pecuniaria que, dependiendo de su gravedad, oscila entre un mínimo de B/. 100.00 hasta un máximo de $1.000.000,00, según el tipo de falta.