Diógenes Galván se pronunciará este viernes sobre fallo de la CSJ respecto al salario de alcaldes y representantes

El supremo de justicia declaró inconstitucional el hecho de que los representantes o alcaldes electos y que ejercieran funciones en instituciones del Estado pudieran decidir qué salario devengar mientras ocupan el cargo.

Diógenes Galván, alcalde electo de Colón
Diógenes Galván, alcalde electo de Colón / TVN

Diógenes Galván, alcalde electo de Colón, se pronunció en sus redes sociales tras la publicación del fallo de la Corte Suprema de Justicia que declara inconstitucional dos párrafos de la Ley 376 del 31 de marzo del 2023, que modificó la Ley 37 de 2009, que descentraliza la administración pública, y que se refiere a los sueldos que devengan los representantes de corregimientos y sus suplentes electos, así como a los alcaldes y vicealcaldes electos.

El supremo de justicia declaró inconstitucional el hecho de que los representantes o alcaldes electos y que ejercieran funciones en instituciones del Estado pudieran decidir qué salario devengar mientras ocupan el cargo.

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Esto deja entre dicho la toma de posesión de Galván el próximo 2 de julio, ya que, anteriormente manifestó su pretensión de tomar una licencia con sueldo en el Canal de Panamá, sitio donde ejerce como práctico, y renunciar a su salario como alcalde, ya que, de lo contrario, la calidad de vida de su familia se vería afectada.

Galván dijo que, como práctico en el Canal, su salario es superior al que devengaría como alcalde, por lo que escogería este, sin embargo, el fallo de la CSJ emitido este viernes lo deja sin esa posibilidad, por lo que todos se preguntan qué decisión tomará.

Tras varias horas de incertidumbre, Galván ha publicado en horas de la noche un mensaje en sus redes sociales en el que indica:

A mi pueblo colonense, mañana a las 10am por nuestra cuenta de Instagram comunicaré mi decisión como Alcalde electo, luego del fallo de la corte respecto a mi condición salarial”.

La decisión de la Corte responde a las demandas de inconstitucionalidad presentadas, por separado, por los abogados Roberto Ruiz Díaz y Ernesto Cedeño, las que posteriormente fueron acumuladas por concurrir los requisitos procesales. El Pleno de la CSJ declara inconstitucionales los párrafos: “No obstante lo anterior, si el sueldo que corresponde al cargo de representante de corregimiento y suplente, es inferior al que perciben en dicha entidad estatal, por su condición de servidores públicos electos podrán optar en acogerse a una licencia con sueldo, por lo cual deberán renunciar previamente al sueldo que corresponde al cargo de elección popular”, contenido en el artículo 72 de la Ley 37 de 2009, que fue modificado por el artículo 1 de la Ley 376 de 2023.

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Uno de los abogados demandantes, Roberto Ruiz Díaz, señaló que esto era una "muerte anunciada", porque previamente ya había un fallo que declaraba inconstitucional el doble salario.

Ruiz Díaz, quien también es vicealcalde electo del distrito de Panamá, expresó que mejor que esto ocurra antes que funcionarios asuman los cargos que ganaron en las elecciones.

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