Día Mundial del Consumidor: ¿Panamá ejerce reconocimiento de los derechos en esta materia?
Ciudad de Panamá/Este 15 de marzo se celebra a nivel internacional el Día Mundial de los Derecho del Consumidor, una fecha para recordar la defensa de la salud, la seguridad y los intereses económicos de las personas consumidoras, al igual que el empoderamiento en el saber de los derechos que le amparan.
Giovanni Fletcher, representante, del Instituto Panameño del Consumidor y Usuarios (Ipadecu), señaló que gran parte de los problemas que presentan los consumidores y usuarios en el país es que desconocen sus derechos en general.
Dicho desconocimiento, dijo Fletcher, es lo que ha permitido que algunos malos proveedores, agentes económicos, instituciones inclusive de servicios públicos, ofrezcan “defectuosamente sus servicios”.
No obstante, lo importante es que los consumidores tengan la capacidad de entender sus derechos, manifestarlos y exigirlos, por ende, también, no permitir ápice de sus sean menoscabados.
Para Fletcher el universo de los derechos, las condiciones y situaciones que afectan a los consumidores es infinito e inacabable.
Yendo al escenario nacional, mencionó Fletcher, se observa una afectación en el derecho a la salud frente a las situaciones que se dan en los vertederos públicos del país. En cuanto, al derecho a la educación persisten problemas de los consumidores frecuentemente con algunos planteles escolares, principalmente privados, donde se detectan una serie de abusos en matricula, costo y demás.
En el derecho a la información permanecen las quejas de los consumidores en la compra de productos alimenticios, cuyos rotulados no coinciden en calidad, condición, precio o peso en el caso de la venta de arroz.
“Hay que entender que hay un problema en el sistema que no recae en los consumidores, sino en los agentes económicos que abusan de nuestros derechos
Agregó que hay suficiente legislación, pero lo que se requiere en tiempo y espacio es que las mismas se cumplan, a través de la implementación de modificaciones dentro del sistema de protección al consumidor nacional.
Propuestas para el próximo presidente del país
Para el representante de los consumidores, los próximos gobernantes quizás deben pensar en dividir a Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) o elevarla a rango ministerial, manteniendo el cargo del administrador para que pueda interactuar dentro del Consejo de Gabinete y procurar que algunas políticas públicas en materia sanitaria y de control de afectación sean más visibilizadas.
En cuanto a las quejas por el servicio de electricidad, recomendó una fusión de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), con la Acodeco para que se dé una verdadera prioridad a la defensa del consumidor en lugar de la protección de las empresas distribuidoras.
El principal abuso al que se enfrentan los consumidores para Ipadecu, es el aumento perenne de la Canasta Básica Familiar de Alimentos, puesto que los consumidores no están lidiando con la calidad de los productos que compran, sino por la falta de acceso a esos los alimentos. Esto, debido a los abusos de las cadenas comercializadoras. "Los consumidores tenemos derecho a elegir y consumir los productos que podamos comprar", puntualizó.
¿Qué contiene la Ley 45 de 2007?
En Panamá, la Ley 45 de 2007 (artículo 35), establece que los consumidores tendrán, entre otros, derecho a:
1. Ser protegidos eficazmente contra los productos y servicios que, en condiciones normales o previsibles, representen riesgo o peligro para la vida, la salud o la seguridad física.
2. Recibir de los proveedores toda la información sobre las características del producto o servicio ofrecido, de manera clara y veraz, para poder tomar una decisión al momento de realizar la adquisición del producto o servicio, así como para efectuar el uso o consumo adecuado de este, de conformidad con las leyes nacionales.
3. Tener acceso a una variedad de productos y servicios valorativamente competitivos, que les permitan libremente elegir los que deseen.
4. Ser protegidos en sus intereses económicos, mediante el trato equitativo y justo, en toda la relación de consumo, y contra métodos comerciales coercitivos o que impliquen faltas a la veracidad o información errada o incompleta sobre los productos o servicios.
5. Ser escuchados de manera individual o colectiva, ya sea a través de asociaciones, grupos, juntas u otras organizaciones de consumidores, a fin de defender sus intereses por intermedio de entidades públicas o privadas de defensa del consumidor, empleando los medios que el ordenamiento jurídico permita.
6. Recibir educación y orientación, con el fin de formarlos debidamente para que las relaciones de consumo lleguen a ser equilibradas y transparentes.
7. Recibir indemnización efectiva o reparación de los daños y perjuicios atribuibles a responsabilidades del proveedor o prestador del servicio, de conformidad con términos que señala la ley.
8. Recibir protección contra la publicidad falsa o engañosa, así como a denunciarla.