Devolución de impuestos por gastos escolares podrá solicitarse este año en la DGI
Si usted tiene hijos en edad escolar o son universitarios prepárese para solicitar la devolución de impuesto por gastos escolares.
A partir de este año los contribuyentes con hijos en escuelas oficiales, particulares o universitarios podrán presentar en su declaración de renta, la solicitud de deducción de gastos escolares sustentada con sus respectivas facturas, como lo establece la Ley 37 del 5 de junio de 2018.
Publio De Gracia, director de la Dirección General de Ingreso (DGI) indicó que se debe incluir en la declaración de renta de 2020, que corresponde a 2019, se debe deducir los gastos de educación.
Graciela Arjona, supervisora de Devolución de Impuestos, indicó que se debe presentar la documentación de gastos en el documento adecuado para que sea válido.
Esta deducción aplica para gastos del año 2019 en matrícula, mensualidades, uniformes, útiles y transporte colegial, que como suma total no supere los $3,600.00 por dependiente.
La supervisora de Devolución de Impuestos explicó que el contribuyente debe presentar un escrito dirigido al Director de la DGI para tramitar la deducción.
Quienes sean asalariados, podrán presentar su solicitud de devolución de gastos escolares ante la DGI con la colaboración de un contador público autorizado, en cualquier mes del año. Sin embargo, los que declaran renta tendrán para hacerlo hasta el 15 de marzo.
Arjona indicó que el contribuyente asalariado no está obligado de presentar el 15 de marzo o pedir prórroga.
La deducción de gastos escolares si tiene hijos con algún tipo de discapacidad es del 100%.