Más de mil denuncias contra centros educativos privados han sido interpuestas entre 2020 y 2021, según Acodeco
Unas 1,146 denuncias contra diferentes centros educativos privados del país, han sido interpuestas ante el departamento de Atención al Cliente de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), entre el 2020 y el actual año.
De acuerdo con un informe de la entidad, en el año 2020 fueron recibidas 709 denuncias, y durante el presente año, hasta la fecha, se han reportado 437.
Explica que, según el tablero de multas, se han sancionado a 6 colegios particulares por 13,350.00 dólares, debido a incumplimiento de alguna norma de protección al consumidor establecida en la Ley 45 de 2007, durante el actual año.
“En cuanto a las quejas formales presentadas contra escuelas particulares, de enero a la fecha del 2021, totalizan 53, de las cuales 38 han sido conciliadas (71.69 %). Desglosadas de la siguiente manera: 11 acuerdos, 18 desistidas, 1 abandono y 8 a otras instancias legales”, sostuvo la institución.
El resto (15 quejas) representan una ilocalizable (carencia de dirección física), 10 casos en Defensoría de Oficio, 3 quejas pendientes de audiencia y una pendiente de formulario de Defensoría de Oficio.
En cuanto a las universidades privadas, en este año se han presentado 24 quejas, de las cuales 22 han sido conciliadas (91.66 %) y se desglosan así: 9 acuerdos, 9 desistidas, 1 abandono, 3 a otras instancias legales
Destacan que, el departamento de Investigación al Consumidor realiza las respectivas verificaciones en los centros educativos denunciados en cuanto a aumento de costos de matrícula y anualidad y otras irregularidades para recabar información relacionada a las denuncias, tales como contratos, circulares, y demás documentos que permitan realizar un análisis a lo denunciado.
Recalca que el ente regente en materia educativa es el Ministerio de Educación, pero los centros educativos particulares prestan un servicio, en este caso educativo, al estudiante a cambio de un pago del consumidor (padre de familia o acudiente), como cualquier otro establecimiento comercial que brinda un servicio. En base a la Ley 45 de 2007, son proveedores de servicio y mantienen obligaciones ante los consumidores que pagan por este tipo de servicio.