CSJ rechaza cambios a proceso para denunciar al Presidente de la República
Declaró que es inconstitucional algunos artículos del proyecto de ley 214 sobre los requisitos para denunciar a diputados, magistrados y presidentes.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó el 7 de julio, por inconstitucionales, cambios propuestos por la Asamblea Nacional al proceso de denunciar al presidente de la República, diputados y magistrados de la CSJ.
Se trata del proyecto de Ley 214, ‘Que reforma el Código Procesal Penal sobre los procesos contra el Presidente de la República, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y los miembros de la Asamblea Nacional’. La iniciativa legislativa fue introducida por el diputado panameñista Adolfo Valderrama en enero de 2015 con el propósito de “mejorar la imagen de nuestra Asamblea Nacional y devolverle la tranquilidad a nuestro país, con la seguridad de que se hará justicia”.
La discusión de la Ley avanzó en el Órgano Legislativo, sin embargo el presidente Juan Carlos Varela objetó algunos artículos que se habían modificado por considerarlos inconstitucionales.
Uno de ellos es el que establece los requerimientos para presentar una denuncia o querella contra el presidente de la República. La legislación actual establece que se debe presentar una 'prueba idónea del hecho punible imputado', pero el proyecto de ley cambia esa frase. En su lugar pide ‘elementos de convicción que ofrezcan conocimiento cierto o probable que se haya cometido, o se esté cometiendo un hecho punible, así como los elementos de convicción que permitan relacionar al denunciado o querellado con presunto hecho punible’. Si no se cumple con estos requisitos, la denuncia sería ‘rechazada de plano’.
La CSJ evaluó el caso, y determinó que se estaría violando el principio constitucional de presunción de inocencia, así como usurpando la responsabilidad de determinar culpa y responsabilidad a las autoridades y colocándola en manos del denunciante.